Barcelona, 1 de agosto de 1566. Se producía el relevo del gobierno de Catalunya. Según el Dietari de la Generalitat, los brazos estamentales habían votado a Francesc Giginta, abad del monasterio de Santa Maria d'Amer, como presidente; Francesc de Calders, vicario condal de Cervera, como diputado militar y Miquel d'Oms, ciudadano honrado de Barcelona, como diputado real. Al mismo tiempo se nombraban los tres oyentes (uno por el presidente y por cada uno de los diputados), cargos que recaerían sobre Gaspar Queralt, canónigo de la diócesis de Urgell; Jerònim Cortit, funcionario condal en Cervera y Jerònim Ferrer, ciudadano honrado de Lleida. Aquel gobierno sería objeto de una durísima persecución urdida por la Inquisición hispánica, y alimentada por el virrey hispánico en Catalunya, que culminaría con el intento de destitución del presidente Giginta.

Grabado de Barcelona (1572). Fuente Cartoteca de CatalunyaGrabado de Barcelona (1572) / Fuente: Cartoteca de Catalunya

El origen de aquel conflicto era la pretensión de la Inquisición (el organismo y sus miembros) de no pagar los impuestos de la Generalitat (el derecho del General y la Bolla). El 27 de julio de 1567, en el punto culminante del conflicto, documentaban su exigencia a través del virrey hispánico. Hurtado de Mendoza —representante de Felipe II en Catalunya— dirigía una misiva oficial a la Generalitat, ordenando que la Inquisición liquidara sus tributos directamente al poder central que·s fes ab Cathalunya com sa magestat ha ordenat en Castella”. En este punto, es importante destacar que la Generalitat era el único organismo tributario en Catalunya: recaudaba la totalidad y liquidaba una parte a la monarquía hispánica en virtud del pacto bilateral entre estas dos instituciones. Un modelo similar al actual concierto económico vasco. Por lo tanto, aquella exigencia era, sencillamente, ilegal.

Pero antes de llegar a este punto, el de considerar papel de váter las Constituciones de Catalunya —la ley vigente, en definitiva—, la Inquisición y el virrey hispánico dibujaron una espiral de conflicto —y de violencia— que perseguía desbaratar la relación bilateral Catalunya-monarquia hispánica. Siete meses antes, el 23 de diciembre de 1566, en Perpinyà, un fraile de la orden de los dominicos (el brazo propagandístico de la Inquisición) predicó contra los tributos de la Generalitat, exhortando a la población a no pagar, y ofreciendo la absolución de pecado a los insumisos fiscales. La Generalitat respondió con la detención y encarcelamiento de una serie de personajes inquisitoriales en la capital del Rosselló (23/01/1567), y la Inquisición contestaría con la detención y encarcelamiento, en Barcelona, de los asesores del gobierno Pere Aïlla i Melcior Rovira (19/01/1567).

Clérigos de la família Hurtado de Mendoza (siglo XVI) Font Pinterest

Clérigos de la família Hurtado de Mendoza (siglo XVI) / Fuente: Pinterest

En este punto, es importante destacar que los oficiales del Santo Oficio sólo podían detener y encarcelar a las personas sospechosas de practicar la brujería, de proclamar blasfemias, de divulgar religiones consideradas heréticas, o de mantener relaciones homosexuales. Pero este episodio confirma que, más allá de sus atribuciones, la Inquisición funcionaba como una policía política al servicio del régimen hispánico. El auténtico propósito que le habían reservado los Reyes Católicos cuando la habían reinstaurado (1478). Las detenciones y encarcelamientos de Aïlla y Rovira confirman la naturaleza política del conflicto y la conservación —por no decir la potenciación— del papel de la Inquisición —al lado del poder central, naturalmente— en el choque de fuerzas entre la arquitectura foral y las políticas preabsolutistas y centralizadoras de Felipe II.

No satisfechos con eso, el Dietari de la Generalitat revela que el 13 de marzo de 1567, el dominico fray Ramires predica en todos los barrios de Barcelona que los inquisidores son víctimas de persecución por parte de la Generalitat. Al día siguiente Ramires, presionado por su superior Juan de Tormo, retrocede y se desdice de sus prédicas. Sin embargo, mientras tanto, el virrey Hurtado de Mendoza mantiene una intensa correspondencia epistolar con la cancillería de Madrid, buscando una intervención definitiva de Felipe II, que llegará un año y pico después. El 17 de agosto de 1568, el rey hispánico ordena que “que per què los excessos y desacatos fets per los deputats y officials y ministres del dit General (la Generalitat) així per los de la vila de Perpinyà com per los de assí de Barcelona, no romanguen impunis y sens demostració de càstig”.

Desde el inicio del conflicto, la Inquisición y el virrey no fiaron nunca su suerte a la respuesta del Rey, aunque confiaban plenamente en él. Y este "impagable trabajo" queda manifiesto con una macabra puesta en escena que pretendía ser una demostración de fuerza. El 18 de octubre de 1566, tres meses después del nombramiento del nuevo gobierno, el Tribunal del Santo Oficio organizaba un macabro "auto de fe" en la plaza del Born de Barcelona, donde quemaron a siete personas y apalearon a otras cuarenta. Una auténtica demostración de fuerza y de poder presentada como un aviso a navegados. Aquel esperpéntico espectáculo contó con la presencia destacada y reveladora de Jorge Padilla y Agustín Malo (visitador —inspector— y secretario de la Inquisición, respectivamente), y del virrey hispánico Diego Hurtado de Mendoza. Y la no presencia del gobierno de Catalunya.

Grabado de Perpinyà (principios del siglo XVII). Fuente Cartoteca de CatalunyaGrabado de Perpinyà (principios del siglo XVII) / Fuente: Cartoteca de Catalunya

El 5 de mayo de 1567, el virrey Hurtado de Mendoza, que se movía como una piraña en una alberca de sardinas, daba un pasó más allá: decidía judicializar el conflicto y solicitaba al Consejo Criminal de la Real Audiencia abrir una causa contra el president y el gobierno de Catalunya. Un mes antes (04/04/1567), Felipe II, satisfecho de la tarea que desarrollaba, le había renovado el cargo. En el protocolo de recepción en Barcelona —con la pechera llena de medallas— intentó expulsar de la comitiva al diputado militar (equivalente actual a conseller de interior) y poner en su sitio al visitador de la Inquisición. Pero allí mismo, y en público, fue avergonzado por el mismo diputado (que le lanzó “senyor, jo stic en mon loc y vostra excel·lència no ho mana”), y por el obispo de Barcelona, que envió a casa al inquisidor castellano.

El 25 de julio de 1567, el inquisidor Jerònim Sorribes desenmascaró el verdadero propósito de aquella gigantesca maniobra: pidió a la Generalitat una copia de los fogatges (el censo fiscal de Catalunya). La negativa del gobierno, desencadenaría la respuesta inmediata de la Inquisición: excomulgar cautelarmente al presidente Giginta y el gobierno de Catalunya. Aquella medida tenía una gran carga simbólica porque los excomulgados, por esta condición, quedaban deslegitimados para ejercer cargos públicos. Y, paralelamente, el Consejo Criminal de la Real Audiencia aceptaba la demanda del virrey y el 22 de agosto —cuatro meses después del vergonzoso incidente protagonizado por el virrey—, el presidente Giginta y los diputados y oyentes de la Generalitat ya avistaban el color y el sabor de la venganza: tenían conocimiento de que habían sido encausados.

Probablemente, la rabia, la sed de venganza y las ganas de complacer a Felipe II serían lo que impulsaría a Hurtado de Mendoza a cometer una serie de errores que, no tan sólo desacreditarían el aparato de poder hispánico en Catalunya, sino que tendrían una importante influencia en la resolución del conflicto. El 1 de agosto de 1568 (diecisiete días antes de que Felipe II ordenara castigar a los "desacatos" del gobierno catalán) se le pilló falsificando la firma del Rey en un pretendido documento que informaba el cese del presidente y de los consellers. Eso abrió la puerta a una negociación directa entre la cancillería de Madrid y la Generalitat (28/08/1568) prescindido totalmente de la figura del virrey, que tenía el objetivo —por parte de los catalanes— de detener el proceso judicial.

Retrato de Felipe II (1565). Font Museo del Prado

Retrato de Felipe II (1565) / Fuente: Museo del Prado

No obstante, Hurtado de Mendoza daría la auténtica medida del ridículo un mes después: el 21 de septiembre de 1568, contrariado por la evolución de los acontecimientos se entrevistaba con el abogado de la Generalitat, y pasaba que: "“Pere Ailla, altre del assessors y advocats ordinaris del dit General (la Generalitat), que estant ell parlant ab sa excel·lència li dix que ell “querría estar al cabo de la bulla (impuesto) de los diputados, y como se haría que la viesse, y que si ell tenía algun amigo a la Deputación que se loa comunicasse”. Y ell li respòs que si, que ell n’i tenia, y que sa excel·lència li respós “pues en vuestro nombre”, y que no sapean que jo la vull veure, féu que se’m comunique (...). Y lo dit misser Ailla entrà en consistori (Generalitat) y dix (lo ha dicho) a dits senyors deputats y oÿdors de comptes y persones que aquí eren presents”.

Aquel conflicto no se resolvió nunca. El proceso judicial quedaría parado, y la excomunión cautelar sería levantada. El presidente Giginta y el gobierno de Catalunya agotarían la legislatura, en buena parte por la intercesión del pontífice Pío V, que desautorizó a la Inquisición. Pero, en cambio, la cuestión de la tributación seguiría siendo motivo de conflicto durante décadas.

 

Imagen principal: Tribunal del Santo Oficio / Fuente: British Musueum