La Autoritat Catalana de Protecció de Dades (APDCat) ha avalado instalar cámaras en el interior de los taxis con el fin de luchar contra las agresiones, siempre que la grabación "se active por la persona conductora en situaciones de peligro". La medida de seguridad era uno de los grandes reclamos desde hace muchos años por parte del sector del taxi. En un dictamen, la APDCat asegura que "podría ser lícito al amparo del interés legítimo" la instalación de los dispositivos para grabar en el interior de los coches para prevenir las conductas delictivas. El documento señala que "es pública y notoria la situación de inseguridad que sufre el sector del taxi". Lo que sí pide el organismo en el sector del taxi es que no se conserven los datos más de un mes, pero recomiendan que se eliminen cada día si no se dan conductas delictivas. En este caso, las imágenes se tienen que poner a disposición de la autoridad 72 horas después.

Carteles informativos en el taxi

La Autoritat Catalana de Protecció de Dades también pide a los taxistas que se informe a los usuarios con un "cartel informativo" del tratamiento que se haría de los datos. Por otra parte, añade que es necesario hacer una evaluación de riesgos pero una evaluación de impacto relativa a la protección de datos (AIPD). "Un sistema, como el planteado en la consulta, en el cual la grabación de la imagen y la voz de los usuarios no se efectuara de manera sistemática y continuada, sino que la grabación se pudiera activar por el conductor ante una situación de peligro real, sería menos intrusivo en los derechos de los usuarios y más respetuoso con las expectativas de privacidad de los usuarios del servicio, a la vez que excluiría también un posible uso como control laboral del sistema", detalla el dictamen.

El documento considera que la grabación de voz es un elemento "especialmente intrusivo", pero que en caso de darse una posible agresión física o verbal "resultaría justificado" su uso. El APDCat remarca que "la videovigilancia puede ser legítima si es necesaria para cumplir la finalidad del interés legítimo", un hecho que "no se aplica de manera automática, sino que es necesario hacer una ponderación" en función de los hechos. En el caso del taxi, tienen que poder demostrar y documentar" que la finalidad es "perseguir agresiones y otras conductas delictivas". Los datos captados no podrán ser "excesivos" y tendrán que limitarse a la "finalidad determinada" por la cual se quieren grabar y acreditar que "no hay ninguna otra medida más idónea". El APDCat señala que es "pública y notoria la situación de inseguridad que sufre el sector del taxi a partir de las noticias publicadas en prensa" y añade que "el interés legítimo podría ser una base legitimadora suficiente para la instalación de los dispositivos de videovigilancia". Según el organismo, los conductores pueden argumentar que actúan en defensa del derecho fundamental a la tutela judicial si las imágenes tienen como finalidad "ser utilizadas como prueba". También añaden que una vía para avalar el uso de cámaras es que se regulara vía una modificación de la ley del taxi.