La aprobación del nuevo Convenio colectivo nacional de la construcción obliga a todas las empresas acogidas a suscribir un plan de pensiones privado para sus trabajadores. Esto, que era algo limitado a grandes empresas, administraciones o sectores con problemas para retener talento, supone un cambio de calado en las relaciones laborales en nuestro país. Sin embargo, no ha tenido la repercusión que se debería esperar. Sobre todo, por el mensaje que manda soterradamente respecto al sistema público de pensiones.

Tras este convenio, actualmente se negocian cuatro más que siguen el mismo camino: grandes almacenes, corredurías de seguros, agencias de viaje y metal. Este último probablemente tendrá un impacto numérico similar al de la construcción, puesto que muchas empresas se verán afectadas al estar acogidas al mismo.

Resulta paradójico que esta condición se incluyera en 2022 por ley, ya que la reforma del sistema de pensiones fue una de las condiciones obligatorias que Bruselas impuso al gobierno español para concederle los Fondos Next Generation. Una reforma discutida por multitud de expertos por ser insuficiente y basada en unos datos poco realistas, que afirmaba que las pensiones públicas españolas son sostenibles.

Sin embargo, al mismo tiempo, se introduce este cambio que, poco a poco, se va a implementar de forma obligatoria en los convenios colectivos. Cuanto menos, comunica que las pensiones públicas no van a ser suficientes en el futuro. Algo bastante evidente si se piensa cómo está constituido en la actualidad el sistema de contribución: las generaciones cotizantes actuales pagamos la pensión a las jubiladas. Con una pirámide poblacional decreciente (y sin visos de cambiar la tendencia) y un esquema de trabajo que se verá afectado por las nuevas tecnologías y el decreciente número de años de cotización de los futuros empleados, ¿por qué no admitir que el sistema no es sostenible en el medio y largo plazo y emprender una reforma necesaria? ¿Por qué no tratar a los ciudadanos como adultos y trasladarles la información de manera transparente, mientras impongo medidas de ”complementación privada” de sus retribuciones futuras?

Pero, ¿qué puede tener de malo que las empresas estén obligadas a contratar un plan de pensiones privado para sus trabajadores? En principio podría ser una medida positiva. Ya hay sectores que los tienen, bien para asegurar jubilaciones que permitan mantener su nivel adquisitivo a los empleados con salarios por encima del tope máximo de cotización, bien como retribución flexible para atraer y retener talento en sectores con problemas para contratar. Sin embargo, la introducción de los planes de empleo simplificados, que son los planes privados obligatorios que se han introducido, genera ciertas perversiones en el sistema de ahorro.

Las pymes y autónomos con trabajadores, los principales afectados por este cambio legislativo, deberán suscribir obligatoriamente este plan colectivo de su sector. No se podrá escoger, en función de rentabilidades, gastos de gestión y otras características. Se supone que estos planes deben tener unos gastos más bajos, pero también es cierto que, hasta ahora, cuentan con rentabilidades irrisorias. Algunas ni siquiera superan a los gastos de gestión que se les imputan. Esto no es virtud exclusiva de estos planes, como ya adelantó el estudio de profesores del IESE al que se hizo referencia hace días en este diario. Pero si no puedes elegir, son lentejas. Además, toda rentabilidad por debajo de la inflación supone una pérdida de capital invertido. Por tanto, un negociazo para los empleados y autónomos que se vean obligados a imponer parte de su sueldo en estos instrumentos de ahorro.

No solo eso. ¿Creen que la imposición por parte de las empresas supone un incremento de sueldo para los trabajadores? Pues su gozo en un pozo. El convenio de la construcción establece que se impute de la subida salarial anual correspondiente. Es decir, los empleados verán aumentado su salario bruto, pero no su salario disponible, pues parte de este incremento irá directamente a un fondo que no se puede tocar hasta la jubilación (o en caso de incapacidad o fallecimiento).

Además, la fiscalidad de los planes de pensiones cuando se rescatan no es atractiva. Al imputarse la cantidad rescatada (no la ganancia) de golpe o por rentas, según se acuerde, incrementa la base imponible, como rentas del trabajo. Este producto debe su existencia a la política fiscal del Gobierno, pues es una de las pocas reducciones que se pueden aplicar en el IRPF anual, pero no por su atractivo como inversión. 

Para las pymes y autónomos tampoco es un chollo. Por un lado, incrementa sus gastos de gestión, pues les impone más obligaciones fiscales y declarativas (en un país en el que la carga burocrática no es precisamente ligera). Esto supone o bien contratar un servicio externo que se encargue, o destinar más horas no productivas de tu plantilla a estos menesteres. Además, la posibilidad de diferenciarse de otras empresas, ofreciendo beneficios sociales para tus empleados, se ve reducida, ya que esto será una cotización obligatoria. 

No solo eso, volvemos a la costumbre arraigada en los últimos tres-cuatro años de aprobar medidas con carácter retroactivo. En este caso, el nuevo texto sectorial obliga a los empresarios a implantar el plan de pensiones para sus empleados desde enero de 2022, fecha incluso anterior a la aprobación del texto legislativo que introdujo los planes de empleo simplificados. Si alguna vez has sido empresario o has gestionado algún proyecto, debes saber que los precios se calculan en función de los márgenes aplicados a los costes conocidos. Esta deriva de imputar costes a toro pasado, hace muy difícil que se puedan mantener márgenes y, por tanto, beneficios suficientes para sostener una actividad empresarial. Recordemos que esto afecta a pymes y autónomos, con ocasión casi inexistente para renegociar precios o tarifas.

Por último, dado que la Seguridad Social ha establecido una reducción de las cotizaciones de contingencias comunes para aquellas empresas que tengan un plan de pensiones obligatorio, la recaudación disminuye. Carezco de información suficiente para saber si se compensará con el I.M.E.I., esa aportación altruista que se impuso el año pasado a todas las empresas y empleados y que va destinada a cubrir el agujero de la caja de la Seguridad Social, no a nuestras cotizaciones futuras. 

De todo esto, la conclusión es que los más beneficiados son los gestores de planes de pensiones: aseguradoras y entidades financieras. Verán incrementado su volumen de negocio por orden y gracia del BOE. 

¿Para cuándo medidas que afronten los problemas de forma realista, pensando en el bien común? Incluso, no se sorprendan, aunque no sea electoralista.