El próximo 2 de marzo entra en vigor la obligatoriedad de disponer de un protocolo LGTBI para las empresas de más de 50 trabajadores. Esta es una gran novedad y se enmarca en el trabajo para la prevención de riesgos laborales que el Gobierno ya empezó a impulsar desde hace meses con otras novedades como la igualdad de género. En concreto, hace referencia a la Ley 4/2023 del 28 de febrero de 2023, pero no es hasta ahora que será válida. El objetivo de esta es desarrollar y garantizar los derechos de las personas lesbianas, gais, bisexuales, trans e intersexuales, colectivo LGTBI, erradicando las situaciones de discriminación, para asegurar que en España se pueda vivir la orientación sexual, la identidad sexual, la expresión de género, las características sexuales y la diversidad familiar con plena libertad.

Así pues, esta ley define las políticas públicas que garantizarán los derechos de las personas LGTBI y quiere combatir obstáculos que les impiden ejercer plenamente la ciudadanía. Además, el actual gobierno de Pedro Sánchez considera que esta Ley supone un avance importante en el camino recorrido hacia la igualdad y la justicia social que permite consolidar el cambio de concepción social sobre las personas LGTBI. Eso pasa por crear referentes positivos, entender la diversidad como un valor, asegurar la cohesión social promoviendo los valores de igualdad y respeto y para extender la cultura de la no discriminación ante el odio y el prejuicio.

No confundirlo con el Plan de Igualdad

Más allá del marco teórico, está la práctica. ¿Cómo se traduce esta ley y su sistema? Tanto el protocolo como el plan LGTBI tienen que ser documentos específicos e independientes del plan de igualdad. La fase previa a la elaboración del plan LGTBI es hacer un diagnóstico de la situación, para identificar posibles situaciones de discriminación del colectivo a la organización. De entrada, este se suma a muchos otros anteriores ya que, aparte del protocolo y del plan LGTBI, entre las obligaciones de las empresas a partir de 50 personas trabajadoras se encuentran el plan de igualdad, la auditoría retributiva, el canal de denuncias, la cuota de reserva por la cual se debe contar con un mínimo del 2% de personas con discapacidad, y varios protocolos ante el acoso, así como el protocolo de desconexión digital. Por otra parte, las empresas con menos de 50 personas trabajadoras, además de las medidas para la prevención y detección de las situaciones de discriminación, están obligadas a disponer de medidas para el fomento de la igualdad, registro retributivo y protocolos ante el acoso así como el protocolo de desconexión digital.

50 o más trabajadores

Por lo tanto, centrándose en lo que llega a partir del 2 de marzo, todas las empresas de 50 personas trabajadoras tienen que tener elaboradas e implementadas el protocolo de actuación para la atención del acoso o la violencia contra las personas LGTBI así como el plan LGTBI. Además, dando cumplimiento al artículo 62, todas las empresas de menos de 50 personas trabajadoras tendrán que adoptar medidas para la prevención y detección de las situaciones de discriminación en razón de las causas previstas en esta ley, así como articular medidas adecuadas para su cese inmediato. Si no, se exponen a una sanción grave o muy grave en función de cada situación.

Multas de 200 a 150.000 euros

De esta manera, la norma prevé sanciones que oscilan entre los 200 y los 150.000 euros. Además, la implantación de estas medidas tiene que ir en paralelo a la representación legal de las personas trabajadoras, a través de comité de empresa o delegados de personal, los cuales tienen que contribuir a la prevención de cualquier situación de acoso a la organización. También hay medidas accesorias, más allá de la multa económica como la denegación de subvenciones que hubiera optado o se hubiera reconocido a las entidades, la prohibición de acceder a cualquier ayuda pública durante un periodo de hasta tres años, la prohibición de contratar con la Administración pública de hasta tres años, el cierre del establecimiento en qué se haya producido la discriminación por un plazo máximo de tres años y el cese en la actividad económica o profesional desarrollada por un plazo máximo de tres años. Además, las entidades que no cumplan estas obligaciones pueden incurrir en sanciones tipificadas en otras normativas de aplicación como, por ejemplo, las establecidas a la Ley de Infracciones y Sanciones al Orden Social.

Según datos del 2020 de la Agencia Europea de Derechos Fundamentales (FRAY), a España, el 42% de las personas LGTBI se han sentido discriminadas el último año. A menudo, la discriminación se convierte en agresión: el 8% de las personas LGTBI en España han sido atacadas en los últimos 5 años. Y, a menudo, esta discriminación se traslada a las aulas, dado que más de la mitad de las personas menores LGTBI sufre acoso escolar, según datos aportados por la Federación Estatal de Lesbianas, Gais, Trans, Bisexuales, Intersexuales y más (FELGTBI+). Los datos también son preocupantes con respecto a la situación en nuestro país de las personas trans: El 63% de las personas trans encuestadas en España manifiesta haberse sentido discriminadas en los últimos doce meses. En algunos ámbitos, como el laboral, la discriminación es especialmente elevada: el 34% aseguran haber sido discriminadas en este ámbito. También preocupa la discriminación en ámbitos como el acceso a la salud y los servicios sociales (el 39% explica que han sido discriminadas por el personal sanitario o de los servicios sociales) o el educativo (el 37% afirma que ha sufrido discriminación en el ámbito escolar).

Las personas trans también presentan más dificultades para acceder al empleo (un 42% de las personas trans encuestadas afirma haber sufrido discriminación estando en búsqueda activa de empleo) y mayores tasas de desempleo: faltando datos oficiales, la Universidad de Málaga publicó en el 2012 un estudio que apuntaba que la tasa de paro de las personas trans era de más del 37% –enfrente del 26 nacional este año–, aunque el mismo informe advertía que la situación podría ser más grave. Una de cada tres personas encuestadas vivía con menos de 600 euros en el mes y casi la mitad (un 48%) había ejercido la prostitución. Y, a veces, la discriminación se manifiesta de la manera más cruel: el 15% de las personas trans encuestadas han sufrido ataques físicos o sexuales los últimos años.