A partir de este lunes, si detectas una situación de corrupción dentro de tu empresa, hay una nueva ley que te protege para que lo puedas hacer con más garantías. Se trata de la ley 2/2023, aprobada el pasado 21 de febrero, y obliga a las empresas a activar canales de denuncia interna para casos de corrupción, así como a proteger a los denunciantes para que no sufran represalias. La ley es una aplicación estatal de la normativa europea 2019/1937, que insta a proteger a estos denunciantes con el fin de tener seguridad a la hora de denunciar y garantizar que no sufrirán represalias.

La ley parte con un debate sobre cómo denominar a los denunciantes de corrupción, conocidos como whisteblowers en los ambientes de habla inglesa, que se traduciría como chivato o delator, que puede llegar a tener connotaciones negativas. Mientras que la ley francesa ha optado por términos más próximos a "alertadores" y la normativa europea por "denunciantes", la ley española ha recogido el término "informantes".

Las empresas y entidades obligadas tienen tres meses a partir de este lunes para implantar los sistemas internos de información, aunque las de entre 49 y 249 trabajadores y los municipios de menos de 10.00 habitantes tendrán un plazo ampliado hasta el 1 de diciembre de este año.

La Oficina Antifrau se hará cargo en Catalunya

En Catalunya, la Oficina Antifraude, que depende de la Generalitat, será la responsable de aplicar las competencias después de que quedara incorporado a la ley de acompañamiento de los últimos presupuestos. La responsable de relaciones institucionales, visibilidad y participación de la oficina, Lourdes Parramon, defiende en declaraciones a ON ECONOMIA que "lo normal es que la gente actúe por proximidad" y que se prevé que haya coordinación con el resto del estado. "El estado no tiene una oficina anticorrupción como la nuestra y la experiencia de diez años puede ayudar a agilizar la aplicación de la nueva ley", añade.

La primera novedad que incorpora esta ley es que, a partir de ahora, las empresas y también entidades públicas estarán obligadas a habilitar canales de denuncia internos para posibles casos de corrupción. Parramon explica que la ley abre para el trabajador "un triple canal, una triple vía" para poder hacer denuncias. La primera es el canal de la empresa u organización, que estará obligada a crear y hacer público un protocolo para casos de corrupción y un canal donde puedas denunciarlo, bien a través de un software u otros métodos que garanticen el anonimato si el denunciante lo prefiere. La ley recopilación, a más que el denunciante, tiene derecho a escoger si quiere hacer la denuncia por escrito u oralmente.

La segunda vía es que puedan denunciarlo a través de la oficina pública competente, en el caso de Catalunya la Oficina Antifraude, y la tercera es ofrecer la posibilidad de hacerlo públicamente a través de los medios de comunicación. "La obligación de tener estos canales es tan importante como las medidas de protección y de apoyo, porque sabemos que las posibles represalias hacen atrás al 30% de las personas que quieren denunciar un caso de corrupción en sus empresas", añade Parramon.

Desde el despacho de abogados CECA MAGÁN, Rocío Gil, socia y abogada penalista, defensa que "la ley es sobre todo para que no se tomen represalias contra los informantes". "Intenta darle un tono positivo al hecho de denunciar, que una vez denuncies todo quede mejor recogido y protegido" defensa Gil. "Además, te ofrece la posibilidad de estar informado en todo momento sobre el avance de la investigación, porque antes generaba mucha incertidumbre y angustia el hecho de no saber si avanzaba o no", añade.

Una herramienta contra despidos y represalias

La ley es, también, una herramienta contra los despidos. Si el denunciante es despedido, la empresa tiene que probar que no ha sido como represalia por la denuncia. Y estas medidas afectan también familiares y entorno próximo del informante", añade Gil, que sin embargo alerta de que "la ley no lo puede regular todo" y que "las empresas tienen que desarrollar un protocolo de gestión de denuncias para ver como aplicarla".

La veracidad de la información es una medida preestablecida para ofrecer protección a los denunciantes y quedan excluidos problemas personales o rumores. Y una vez presentada la denuncia, la ley prohíbe las represalias, "incluidas las amenazas de represalia y las tentativas de represalia", según reza el artículo 36 de la ley, entendidas como todos actos u omisiones que supongan un trato desfavorable a las personas denunciantes con relación a otros compañeros o compañeras de trabajo solo por el hecho de haber hecho una revelación pública.

Suspensión del contrato, despido o incluso no renovación del contrato son algunas de las medidas consideradas como represalias y, por lo tanto, prohibidas de efectuar contra informantes a consecuencia de las denuncias hechas. Los daños, de carácter reputacional o pérdidas económicas, coacciones, intimidaciones, acoso y también el ostracismo son otras medidas que la ley prohíbe, así como evaluaciones o referencias negativas sobre el trabajo del denunciante, inclusión en listas negras u otras acciones para dificultar el acceso a nuevos trabajos. Denegar licencias o permisos, denegar formación o discriminar son otras represalias prohibidas expresamente por esta nueva ley.

Apoyo financiero y psicológico

La ley prevé también apoyo financiero y psicológico, de manera excepcional, para los informantes, si así lo considera oportuno la autoridad independiente de protección del informante, que en el caso catalán será la Oficina Antifraude. Estas autoridades ofrecerán asistencia y asesoramiento a los que denuncien casos de corrupción dentro de las empresas, así como asistencia jurídica en los procesos legales que tengan lugar en otros países.

Además, la ley prevé compensar a los denunciantes que hayan participado de la corrupción que denuncian, que podrán ver atenuado su castigo por haber informado de la irregularidad cometida.

La ley, sin embargo, tiene algunas limitaciones y ha recibido críticas y propuestas de enmienda. La red de Oficinas y Agencias Antifraude, que une diferentes oficinas autonómicas, pidió que la protección se extienda, se amplíe y se cancelen las excepciones, como aquella que prevé que la protección no se aplique a procedimientos con información clasificada o que hayan sido declarados secretos o reservados. Igualmente, pide que se pueda aplicar con casos menores, también contemplados como excepciones.

La red pedía también más concreción en cómo se llevarán a cabo las medidas y también que se suprima la limitación temporal de la protección. Los informantes dejan de estar protegidos dos años después de la denuncia, y las oficinas antifraude alertan de que las represalias muchas veces se alargan en el tiempo.

Desde CECA MAGÁN, Rocío Gil alerta del riesgo de que se otorgue a una facultad instructora a las empresas con el canal de denuncias, "que puede hacer que las pruebas queden inservibles para la policía si no se tratan con el cuidado necesario en que prevé la ley".

Otras voces alertan de la necesidad de precisar mejor la protección jurídica. Joan Linares, presidente de la Agencia Valenciana Antifraude, pedía a la revista especializada Economist Jurist medidas menos genéricas y recordaba que "una estrategia contra las personas que denuncian corrupción es demandarlas de forma continuada y arruinar su vida con múltiples citaciones en los juzgados", estrategia conocida como SLAP. Contra este tipo de medidas, dicen, falta concreción con respecto a la protección jurídica.