El Ministerio de Hacienda ha publicado este lunes en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la orden ministerial que define los aspectos técnicos y operativos de la solución pública de facturación electrónica. Esta medida marca el inicio oficial de los plazos para la implantación gradual de la factura electrónica obligatoria entre empresas y profesionales en España.

La orden ministerial es un paso normativo clave que activa formalmente los plazos para la entrada en vigor progresiva de la factura electrónica obligatoria entre empresarios y profesionales en España. En concreto, las empresas con más de 8 millones de euros de facturación anual tendrán la obligación de expedir y remitir facturas electrónicas en sus operaciones comerciales (B2B) transcurrido un año desde la entrada en vigor de esta orden ministerial. El resto de empresas y profesionales autónomos contarán con un plazo de adaptación de dos años (24 meses) a partir de la entrada en vigor del texto para dar cumplimiento a esta obligación.

La orden especifica el funcionamiento de la solución pública de facturación electrónica, cuya gestión y desarrollo corresponden a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Este sistema actuará como plataforma pública gratuita de emisión y recepción de facturas, dirigida especialmente a pequeñas y medianas empresas (pymes) y autónomos, y funcionará además como repositorio universal y obligatorio de todas las facturas electrónicas emitidas en el país. Con esta medida, el Gobierno pretende impulsar la digitalización del tejido empresarial, reducir la morosidad y permitir a las empresas cobrar antes y con mayor previsibilidad.

El Ministerio de Economía destaca que la medida comportará un ahorro de costes. España ya gestiona más de 550 millones de facturas electrónicas anuales, lo que genera un ahorro superior a los 2.700 millones de euros en tiempo y recursos corporativos, según datos de Efe. Se estima que este beneficio económico podría dispararse hasta los 8.000 millones de euros una vez que el país alcance los 2.000 millones de facturas digitales. Esta última cifra ya es una realidad en Italia, cuyo modelo obligatorio funciona con éxito desde 2019.

Una medida para luchar contra la morosidad

Más allá del impacto financiero directo, la digitalización busca atajar el grave problema de la morosidad. Actualmente, España registra uno de los plazos medios de pago más altos de la Unión Europea, situándose en torno a los 80 días. Este retraso incumple el límite legal de 60 días y supera con creces la media comunitaria, un factor crítico que frena la competitividad y el crecimiento del tejido empresarial.

El texto establece que las empresas y profesionales que opten por utilizar plataformas privadas de facturación deberán remitir simultáneamente a su emisión una copia electrónica fiel de cada factura, en la sintaxis estándar UBL (Universal Business Language), a la solución pública. Asimismo, los destinatarios de las facturas estarán obligados a comunicar por vía electrónica a la solución pública el pago efectivo completo de las mismas o su rechazo.

No obstante, la orden precisa que cuando la propia factura o su copia fiel contenga una fecha de pago anterior o coincidente con la de expedición, la obligación de informar sobre el estado de pago se entenderá automáticamente cumplida.

Por otro lado, la norma determina que la solución pública de facturación electrónica deberá estar operativa y disponible en la sede electrónica de la Agencia Tributaria al menos dos meses antes de la primera aplicación efectiva de las obligaciones previstas.