El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este viernes el real decreto ley con las medidas del último bloque de la reforma de pensiones, centrado en reforzar los ingresos para garantizar la sostenibilidad y la suficiencia del sistema. Pocas novedades, salvo la confirmación que se adelantó este jueves de que el sistema recaudatorio de la cuota de solidaridad ha cambiado a petición de PDeCat. Así, la parte de los salarios que está entre la base máxima y un 10% superior a la base máxima tendrá un menor tipo. Al final del periodo será del 5,5%; luego uno del 6% hasta el 50%; y del 50% en adelanto será del 7%. No obstante, el impacto en términos recaudatorios es equivalente, según la Seguridad Social.

Además, la Seguridad Social ha comunicado una errata en la publicación del BOE de este viernes. El Gobierno quiere presentar antes del 30 de junio de este año, y previa negociación en el marco del diálogo social, una propuesta ante el Pacto de Toledo para modificar la regulación de la jubilación parcial. Sin embargo, el texto publicado hoy recoge “un plazo de un año”, aunque fuentes de la Seguridad Social han aclarado que se trata de un error. Aunque el BOE da algunas pistas. El Gobierno hará una propuesta que garantice un régimen de compatibilidad efectiva de trabajo y pensión, que preserve la calidad del empleo de los relevistas y que equilibre el coste que esta modalidad tiene para el sistema. Para la adopción de las referidas modificaciones, añade el texto, se tendrá en cuenta la incidencia que las mismas pueden tener en los distintos sectores de la actividad "especialmente en de la industria manufacturera". La jubilación parcial es la que se produce más allá de los 60 años manteniendo un contrato de trabajo a tiempo parcial y habitualmente vinculada a un relevo.

La reforma de pensiones se ha realizado en tres fases a lo largo de dos años: la primera, que se aprobó a finales de 2021, recoge la revalorización de las pensiones según el IPC -y cuyos efectos ya se han dejado notar este año- y se crea el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) que también ha entrado en vigor este año. Una segunda fase fue la reforma del sistemas de los autónomos acordado y aprobado en verano del año pasado. Y la tercera fase es la que ha culminado esta semana (a falta de su tramitación parlamentaria) que tiene una doble vertiente: incluye tres medidas para incrementar los ingresos del sistema y mejoras en ciertas prestaciones, especialmente para las pensiones mínimas y para romper la brecha de genero de la pensión de mujeres que han tenido carreras irregulares.

Superávit presupuestario a partir de 2026

El ministro de Inclusión y Seguridad Social, José Luis Escrivá, confían en que para 2048, cuando el sistema esté más tensionado por la avalancha de los pensionistas del baby boom, se haya generado una “hucha” de 120.000 millones. Para ello, confían en las nuevas medidas de ingresos, pero también, según señalan fuentes de la Seguridad Social porque confían en que a partir de 2026 el sistema público tendrá un superávit presupuestario. Estas son las últimas medidas que completan la reforma de pensiones iniciada hace ya dos años, como se han publicado hoy en el BOE, resumidas por Efe:

Medidas de ingresos

Destope de las bases máximas y de las pensiones máximas. Se fija la senda de incremento de la base máxima de cotización, actualmente en 4.495,50 euros por 12 mensualidades, que subirá cada año 1,2 puntos adicionales a la inflación. Cada cinco años, el Gobierno evaluará, en el marco del diálogo social, el impacto de esta subida y remitirá un informe al Pacto de Toledo. En cuanto a la pensión máxima, el incremento adicional será de 0,115 puntos entre 2025 y 2050. A partir de 2051 se establece una senda de mayores incrementos que empieza en un 3,2% ese año y termina en un 20 % en 2065.

Nuevo Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI). Otro de los cambios que fija la norma es el nuevo diseño del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), una cotización adicional que pasará de forma progresiva de 0,6 a 1,2 puntos en 2029. Tendrá carácter finalista para nutrir el fondo de reserva, la denominada hucha de las pensiones. De esta cantidad, un punto porcentual corresponderá a la empresa y 0,2 puntos al trabajador. Esta cotización no podrá ser objeto de bonificación, reducción, exención o deducción alguna. La norma también establece los desembolsos máximos anuales del fondo de reserva, que podrá empezar a usarse en 2033. El mayor porcentaje de uso queda fijado para 2047, cuando se podrá desembolsar hasta el 0,91% del PIB (unos 10.000 millones de euros de los actuales).

Cuota de solidaridad. La cuota de solidaridad, otro recargo adicional a las cotizaciones para la parte de los salarios que excedan del progresivo destope de bases máximas, queda fijada en tres tramos. Arranca en el entorno del 1% en 2025 para terminar en el 7 % en 2045 para los sueldos más elevados (modificado tras la petición del PDeCat.

Efecto presupuestario neutro

Periodo de cómputo dual. La norma establece que se podrá elegir para el cálculo de la pensión inicial entre los 25 años actuales y un nuevo periodo de 29 años, descartando los 2 años peores. La introducción de este nuevo cómputo se hará de forma progresiva desde 2026 hasta 2037. Por defecto, se aplicará el cálculo que resulte más favorable. A partir de 2041 se irá ampliando también progresivamente en periodos de 6 meses el cómputo de 25 años para que en 2044 solo quede ya la opción de 29 años menos 2.

Medidas de gasto

Senda de mejora de las pensiones mínimas. La norma publicada este viernes también fija que desde 2027, la cuantía mínima de la pensión de jubilación contributiva con cónyuge a cargo, la más habitual, no podrá ser inferior al umbral de la pobreza calculado para un hogar compuesto por dos adultos. Para alcanzar ese umbral, se prevé una subida del 22% en los próximos tres años.

Mejora del tratamiento de lagunas y del complemento de brecha de género. Se mejora el tratamiento de periodos sin cotizar, con especial foco en las mujeres, cubriendo hasta cinco años de vacío de cotización con el 100% de la base mínima, en tanto que el sexto y el séptimo año sin cotizar se cubrirá con un 80% de la base mínima. Además, se eleva de uno a tres años el periodo considerado como cotizado en el caso de excedencia por cuidado de otros familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. También se amplía de dos a tres años el incremento hasta cubrir el 100% de la cotización en reducciones de jornada por cuidado de menor. Se fija una subida adicional del 10% en el complemento de brecha de género en las pensiones 2024 y 2025.

Lagunas de cotización de los autónomos. Por primera vez, se regula la integración de períodos sin obligación de cotizar para los trabajadores autónomos, dando cobertura con la base mínima a los seis meses siguientes al cese de actividad. Se equipara el trabajo a tiempo parcial con el trabajo a tiempo completo a efectos del cómputo de los períodos cotizados para el reconocimiento de las pensiones de jubilación.

Cotización de los becarios en prácticas. La norma también establece la inclusión en el sistema de Seguridad Social de alumnos que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de formación, donde entran alumnos universitarios y de formación profesional. A las cuotas por contingencias comunes de estas cotizaciones se les aplicará una reducción del 95%, por lo que las empresas no tendrán coste que correrá a cargo del Estado.

Control de la reforma

El texto aprobado hoy en el BOE incorpora un mecanismo en caso de desvío del gasto. En ese supuesto, la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) hará un informe y el Gobierno intentará consensuar con los agentes sociales mecanismos de corrección. Si esto no ocurre en el plazo de un año, se contempla una subida automática del MEI, actualmente en el 1,2%, aunque en la primera fase de la reforma se fijo en el 0,6%. Por lo que no se pueden descartar ulteriores ajustes.