Los nuevos tramos de cotización para autónomos supone un cambio estructural de mucha importancia, unas nuevas reglas del juego para todo este colectivo y la emprendeduría. El cambio se resume en que de los 294 euros actuales de cuota fija mínima se ha pasado a un sistema progresivo de 13 tramos en función de los ingresos, que ya se ha empezado a implantar con un plazo máximo de 9 años, de manera que en el 2031 la cuota de autónomos podrá variar entre 184 y 1.267 euros.

Una de las grandes armas que ha defendido el Gobierno de Pedro Sánchez es que se contempla una reducción de la cuota para los que menos ganan ya que según el Gobierno, dos terceras partes de los autónomos se verán beneficiados. En la práctica serán los que ganen 900 euros o menos, es decir, aquellos que están incluso por debajo del ingreso mínimo vital marcado por el mismo PSOE y Unidas-Podemos. Por otra parte, este nuevo sistema tendrá que basarse en las previsiones que cada autónomo pueda tener de sus beneficios flexibles. El problema es que no se valora la "prima de riesgo" que supone emprender: incertidumbre de ingresos, más estrés, reinvención constante, más horas de trabajo y menos vacaciones como refleja el mismo Estudio Nacional del Autónomo y, por lo tanto, en la práctica supone un gasto mayor sin recompensa.

La cuota siempre se paga

A partir de aquí, muchos de ellos se preguntan si cambiar su estatus fiscal, de autónomo a crear una Sociedad Limitada Unipersonal, SLU, puede ser más beneficioso. De entrada hay que romper con un mantra erróneo: por el hecho de ser SLU no te ahorras la cuota de autónomos ni los incrementos pactados. Aurora Rodés, ponente de la Comisión Laboral del Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Catalunya, nos alerta: "Por el simple hecho que una persona cree una SLU o que cuente con socios o tenga su único control, ya está obligado a ser autónomo, en este caso, societario. El rendimiento será tu sueldo, por lo tanto, no te ahorras pagar la cuota de autónomos ni el sistema de cálculo pertinente que te corresponda".

Como siempre, hay una excepción: cualquier mutualista, médico o abogado para poner algunos ejemplos, que ya pagan su mutualidad obligatoria. Pero un administrador, por el hecho de tener una sociedad, ya le viene implícito ser autónomo. "No te ahorras nada, tu sistema de cotización siempre será el de autónomos porque, precisamente, no dependes de nadie". En esta línea también va Xavier Martínez, gestor de Martínez Sempere & Asociados: "Cuando me vienen con que se quieren cambiar, demasiadas veces, el cliente se acaba convenciendo de que es mejor quedarse como está".

La diferencia está en el % de la renta

Hasta ahora, el autónomo pagaba un mínimo de 294 euros y el societario de 340. Ahora, el sistema ha cambiado para todo el mundo y el neto mensual que queda depende de parámetros máximos y mínimos. Pero la duda todavía no queda resuelta. Sí hay un aspecto que puede hacer dudar si hacer el cambio de autónomo a societario y va ligado a la fiscalidad y la imputación por beneficios. Aurora Rodés nos lo detalla: "Con la declaración de la renta, un autónomo puede llegar a pagar un 40% de sus ingresos totales que tiene. En cambio, un asociado lo tiene limitado al 25%".

Un ejemplo para diferenciarlo: una persona tiene una actividad profesional, ha facturado 100.000 euros, ha tenido 20.000 euros de gasto y, por lo tanto, un rendimiento neto de 80.000. Cuando esta ponga en su renta que ha ganado 80.000, Hacienda puede tener en cuenta diferentes variantes como la situación familiar y acaba diciendo que tiene que pagar 15.000 euros. Es decir, en este caso, corresponde a un 32% de los ingresos. Y, por lo tanto, un 5%, por encima del tope marcado con la sociedad que está en el 25% de los beneficios. En este caso puede salir a cuenta, pero hay que ver otras variables: "Los honorarios del gestor que te lo administra puede ser muy superior ya que no te está tramitando solo unas nóminas, sino una empresa y, su salario ya será más grande".

Otro aspecto que la sociedad puede aportar es aquellos gastos imputables a la SLU, cuando realmente son del socio. Aquí podemos encontrar desde las comidas, la gasolina para los desplazamientos, etc. "No lo recomendamos nunca, sobre todo si es una sociedad unipersonal ya que con una inspección se puede detectar que se utiliza un canal no válido ya que el gasto no es de la empresa, sino del mismo socio", recuerda el gestor Xavier Martínez.

¿Sale a cuenta?

Así pues, teniendo en cuenta todas las variantes, la conclusión es clara: "Siempre tenemos que procurar estar en un tipo mixto de renta por debajo del 25% para que no se pague más como persona física que como sociedad". Para tener una primera idea sobre si no descartar hacer este cambio, Aurora Rodés recomienda mirar la renta de tipo medio de cada uno: "Por un diferencial de 2 o 3 puntos, mejor quedarse como autónomo. Finalmente, eso depende de tu rendimiento o el tipo medio de la renta".

Un aspecto que puede atraer a hacer el cambio es que en el primer año hay un beneficio extra para crear una SLU ya que en sociedades de nueva creación, el tope pasa del 25% al 15%. Pero tan solo en el primer año: "Puede ser beneficioso, pero a veces doblas el trabajo, es un tema de liquidez", concluye Rodés. En esta línea, Xavier Martínez también coincide: "Siempre recomiendo sentarse y hablar. Son planteamientos que se tienen que hacer mirando caso por caso, de forma totalmente personalizada y no lo puedo resolver con una simple llamada con mi cliente".