Lídia Arnau Raventós es la nueva presidenta de la Junta Arbitral de Consum de Catalunya (JACC). Este nombramiento se ha realizado a propuesta del director de Consumo de la Generalitat, Isidor Garcia, dependiente del Departamento de Empresa.

Lídia Arnau es doctora en derecho y profesora agregada de Derecho civil de la Universitat de Barcelona desde el año 2000, así como miembro de la Cátedra UB/ACC sobre Estudios de Consumo y Resolución Alternativa de Litigios y posee experiencia como presidenta de órganos arbitrales de la JACC. También es autora de numerosas publicaciones e investigaciones especializadas del ámbito del arbitraje de consumo y del mundo jurídico, entre las cuales destaca su labor como coordinadora de la primera recopilación sobre Derecho Catalán de Consumo publicado en 2025.

La JACC, adscrita a la Agència Catalana del Consum, es el organismo que desde 1993 se encarga de gestionar la resolución por medio del arbitraje de las reclamaciones que plantean los ciudadanos de toda Catalunya cuando se sienten perjudicados a consecuencia de la compra de un producto o de la prestación de un servicio. Por otro lado, también realiza tareas de fomento del arbitraje, con la finalidad de que las empresas y los profesionales se adhieran al Sistema Arbitral de Consumo.

Desde su constitución, la JACC ha resuelto cerca de 80.000 casos por laudo arbitral y actualmente dispone de 5.740 empresas adheridas, con un total de 9.326 establecimientos comerciales en toda Catalunya, según indican en un comunicado.

Además, la Junta cumple con los requisitos de las entidades de resolución alternativa de conflictos de consumo acreditadas ante la Comisión Europea, para resolver extrajudicialmente los conflictos con empresas o establecimientos establecidos en la UE.

El arbitraje de consumo es un mecanismo extrajudicial y voluntario que ofrece a los consumidores y a las empresas la posibilidad de resolver los conflictos de consumo de manera objetiva y gratuita. El órgano arbitral es el encargado de dictar una resolución por medio de un laudo que tiene el mismo valor que una sentencia judicial y, por lo tanto, es de obligado cumplimiento.