A partir del 1-1-2024, la edad de acceso a la pensión de jubilación depende de la edad del interesado y de las cotizaciones acumuladas a lo largo de su vida laboral, unos parámetros establecidos hace una década, y hace falta que haya cumplido la edad marcada por el próximo año que, de forma gradual, aumentará en las edades de:

  • 65 cuando se acrediten 38 años o más.
  • 66 años y 6 meses cuando se acrediten menos de 38 años.

Este requisito será exigible, en todo caso, cuando se acceda a la pensión sin estar dado de alta o en una situación asimilada a la de alta. Las edades de jubilación y el periodo de cotización a que se refieren los párrafos anteriores se aplicarán de manera gradual en los términos que resultan del cuadro marcado desde el 2013 y, a efectos prácticos, cada año las exigencias para cobrar la jubilación son más estrictas. A modo de ejemplo, este año la jubilación para los de 65 años se puede dar con 37 años y 9 meses cotizados y, para el próximo 2024, ya se exige como mínimo 38 años cumplidos. Pero de aquí a 2027, ya se pedirá acreditar 38 años y 6 meses. Y lo mismo pasa por la edad de jubilación que llegará hasta los 67 años tal como marca la última reforma. Estas cifras, a grandes rasgos, son las imprescindibles para hacer tus cálculos.

Para llevar a cabo el cálculo exacto, la opción más sencilla es recurrir a las conocidas calculadoras de pensiones, que son simuladores en qué solo introduciendo una serie de datos (edad, años cotizados en la Seguridad Social, etc.) lo que hacen es calcular la pensión futura haciendo estimación de cuál será el importe de tu pensión por jubilación dado el caso. Además, la Seguridad Social también pone a disposición de los ciudadanos el simulador de jubilación. También existen calculadoras que ponen al alcance los mismos bancos, como el BBVA o el Instituto Santalucía que, además, hacen el cálculo del ahorro provisional que el usuario necesitaría hacer para disponer de ahorros que complementen los ingresos que percibirá de la pensión pública, de cara a mantener el nivel de vida que se quiera fijar durante su retiro.

Cuadro evolutivo

Volviendo al principio, el primero que tenemos que tener en cuenta es en qué momento habremos cumplido la edad legal para la jubilación. Esta, hasta que en el 2027 se fije a los 67 años, irá avanzando poco a poco cada año:

edad jubilacio
Cuadro de jubilación ordinaria en España

Otras tipologías de jubilaciones

Otro aspecto que tenemos que tener en cuenta es que el cálculo de la pensión por jubilación dependerá de varios factores, como la modalidad de jubilación a que nos acogemos, si el trabajador tiene condiciones especiales como discapacidad o cotizaciones a regímenes especiales, si dentro de sus cotizaciones hay cotizaciones a tiempo parcial, si la jubilación es ordinaria o anticipada, etcétera. En cualquier caso, nuestro sistema de Seguridad Social establece que la pensión de jubilación se calcula a partir de las bases de cotización de los últimos años de la vida laboral del trabajador. Con el resultado obtenido, la Seguridad Social aplicará todas las bases de cotización, salvo la de los dos últimos años, un coeficiente para reflejar el efecto inflación. Con este se busca que las primeras bases no pierdan poder adquisitivo, ya que el dinero no tenía el mismo valor hace 20 años que ahora y eso puede afectar a la pensión de jubilación.

Para determinar la cuantía en qué se tiene derecho primero hace falta saber la base reguladora, que sirve para determinar el 100% de la pensión a que se tiene derecho. La base reguladora es el resultado de sumar las 300 últimas bases de cotización (25 años) y dividir el importe entre 350. Con la base reguladora ya obtenida hace falta conocer qué porcentaje de la pensión tendrá derecho según los años cotizados. En este sentido, hay que tener en cuenta otra de las novedades incluidas en el 2024 sobre las cotizaciones a jornada parcial y que afectan a la pensión.

En último término, este es el cálculo más utilizado, pero hay otros condicionantes que de entrada tendrás que estipular por si tu jubilación tiene una casuística diferente. Hablamos de jubilación anticipada, jubilación activa, complemento por jubilación demorada y complemento por la reducción de la brecha de género. A modo de ejemplo, como novedad para el 2024, las mujeres trabajadores podrán durante los 60 primeros meses integrarlas con el 100% de la base mínima de cotización y desde el mes 60 al 84 con el 80% de la base mínima. A partir del mes 85, el 50% de la base mínima. Y con respecto al acceso a la jubilación anticipada voluntaria, hay que haber cotizado un mínimo de 35 años, con menos tiempo cotizado, no se puede avanzar la jubilación mediante esta modalidad voluntaria, ni a los 63 años ni a ninguna edad. Hay que esperar la edad de jubilación ordinaria que corresponda a cada uno.