Los nuevos avales del Instituto de Crédito Oficial (ICO) aprobados por el gobierno de Pedro Sánchez consisten en una línea de 2.500 millones de euros para comprar la primera vivienda a jóvenes menores de 35 años y a familias con menores a su cargo. Una medida que pone en marcha la Moncloa y sirve para ofrecer una solución a un problema complejo que necesita instrumentos concretos para abordarlo, ya que no tiene una única solución. Esta medida facilita el acceso a una hipoteca a más de 50.000 personas que, siendo solventes, no han podido ahorrar lo que es necesario para adquirir una vivienda. De esta manera, miles de jóvenes podrán agilizar la emancipación.

Esta medida quiere facilitar el acceso a una hipoteca. Además, se aliviará el mercado del alquiler en zonas tensionadas, con ciudades donde ya es más caro el alquiler que comprar. Atenderá, además, la realidad a núcleos rurales contribuyendo así a la fijación de población. Este será uno de los muchos instrumentos que está poniendo en marcha el gobierno, con el propósito que un ciudadano o ciudadana no tenga que destinar más del 30% de su salario para pagar el alquiler o la hipoteca.

Requisitos y condiciones para solicitar el aval ICO

  • Los adquirientes de viviendas tienen que ser personas físicas y mayores de edad, con residencia legal en España, y lo tienen que acreditar de manera continua e ininterrumpida durante los dos años anteriores a la solicitud del préstamo.

  • Los ingresos individuales no pueden superar los 37.800 euros brutos cada año (4,5 veces el IPREM). En caso de que la vivienda sea adquirida por dos personas, el límite de ingresos se elevará al doble. Es decir, los ingresos de los dos aspirantes no pueden superar en conjunto, la suma del límite establecido para cada uno.

  • Este límite se incrementará en 0,3 veces el IPREM (2.520 euros brutos anuales) por cada menor a cargo y, además, en el caso de familia monoparental, el límite se podrá incrementar en un 70% adicional.

  • El límite de patrimonio del avalado será máximo de 100.000 euros.

  • No se pueden acoger a esta línea de avales los que ya sean propietarios de otra vivienda con anterioridad, independientemente de la forma de adquisición de este. No obstante, con excepción en el anterior, sí que se podrán acoger los que cumpliendo los requisitos concurran en algunas de estas circunstancias:

Por otra parte, cuando el derecho de propiedad recaiga sobre una parte alícuota de la vivienda y este se haya obtenido por herencia o transmisión mortis causa sin testamento. Para aquellas personas que, siendo titulares de una vivienda, acrediten la no disponibilidad por causa de separación o divorcio, por cualquier otra causa ajena a su voluntad, o cuando la vivienda resulte inaccesible en razón de discapacidad del titular o de las personas que forman parte de la unidad de convivencia. Así pues, el aval se podrá mantener dentro de los límites establecidos en el convenio siempre que sea la vivienda habitual del beneficiario/aria, con la excepción de las circunstancias mencionadas anteriormente que puedan exigir el cambio de vivienda.

Con respecto al valor porcentual de lo que sube el ICO hay dos caminos posibles: con carácter general, el ICO avalará hasta el 20% del importe del crédito. Pero si la vivienda adquirida dispone de una calificación energética D o superior, se podrá avalar hasta el 25% de este importe.

Conoce todos los plazos

  • El plazo del aval otorgado por el Ministerio de Habitage y Agenda Urbana a la entidad financiera y gestionado por el ICO será de un máximo de 10 años desde que se formalice la operación, con independencia de la amortización del préstamo.

  • Durante este plazo, la vivienda tendrá que ser la residencia habitual de la persona avalada y su arrendamiento estará limitado al hecho de que concurran circunstancias que exijan el cambio de vivienda, como celebración de matrimonio, separación matrimonial, traslado laboral u obtención de un empleo más ventajoso, entre otras análogas.

  • El plazo para formalizar los préstamos que se acojan a esta línea de avales finalizará el 31 de diciembre del 2025.

  • En todo caso, el convenio recogerá que este plazo se podrá ampliar dos años más.