Desde el 1 de septiembre de 2026, en determinados procedimientos la Seguridad Social dejará de notificar por carta y utilizará preferentemente la notificación electrónica. A partir del 1 de septiembre, estarán obligadas a recibir notificaciones y comunicaciones por medios electrónicos las personas físicas que sean solicitantes o perceptoras de "prestaciones de incapacidad temporal, así como cuando la notificación o comunicación se refiera a las prestaciones por incapacidad permanente o lesiones permanentes no incapacitantes". El argumento del Ministerio de Inclusión es que estas personas "cuentan con conocimientos y medios suficientes para recibir las comunicaciones y notificaciones por medios electrónicos" porque están trabajando y, en el mundo laboral, añade, "está generalizada la tenencia y el uso de dispositivos electrónicos".
Este colectivo se suma a otros que ya estaban obligados por ley a estas comunicaciones electrónicas. Por un lado, las "personas físicas solicitantes o perceptoras de prestaciones por nacimiento y cuidado de menor, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural". El argumento del Gobierno es similar: son personas de entre 25 y 40 años que "utilizan habitualmente y de forma generalizada medios electrónicos". Se mantiene además la obligación para el resto de grupos incluidos en el artículo 4 de la ley de 2020: profesionales con colegiación obligatoria, empresas, autónomos y quienes actúan como apoderados ante la administración (en nombre de otras personas o empresas).
¿Dónde recibirás la notificación?
Sede Electrónica de la Seguridad Social
DEHú (Dirección Electrónica Habilitada Única)
Carpeta Ciudadana
Podrás recibir un aviso por SMS o correo electrónico, pero ese aviso NO es la notificación.
¿Cuándo se entiende notificada?
Si accedes a la notificación: Ese mismo día.
Si no accedes: A los 10 días naturales desde que se puso a tu disposición, se entenderá legalmente practicada la notificación, aunque no la hayas abierto.
¿Qué ocurre entonces?
Los plazos para:
Presentar alegaciones
Aportar documentación
recurrir
cumplir requerimientos
Todos ellos empiezan a contar desde la notificación, aunque no hayas leído el mensaje.
El consejo que dan expertos como Sindicato Star:
Mantén actualizado tu teléfono y correo electrónico.
Consulta periódicamente la Sede Electrónica, DEHú o Carpeta Ciudadana.
Ante cualquier duda, contacta con STAR antes de que venza el plazo.