ATA ha interpuesto una denuncia contra el Gobierno de España ante la Comisión Europea por la falta de transposición y aplicación de la directiva que permitiría eximir del IVA a los autónomos y pymes que facturen menos de 85.000 euros anuales, el denominado régimen de IVA franquiciado.
Así lo ha desvelado el presidente de ATA este lunes durante su participación en un encuentro informativo organizado en Jerez de la Frontera (Cádiz) por Europa Press Andalucía. Lorenzo Amor ha justificado esta denuncia al entender que el Gobierno de España "vuelve a discriminar a los autónomos españoles con respecto a los autónomos europeos", ya que "un autónomo francés o uno italiano, o una empresa francesa o italiana, por ejemplo, que factura menos de 85.000 euros, no está obligada a repercutir IVA", y eso ya se hace "en toda Europa", salvo en España, que "no lo ha hecho".
"Y, por eso", agregaba, "el viernes denunciamos al Gobierno de España ante la Comisión Europea por el incumplimiento de esta directiva, porque ya está bien de discriminar a los autónomos españoles con respecto a los autónomos europeos". ATA ha decidido interponer esta denuncia como la organización intersectorial representativa mayoritaria "con la legitimación especial otorgada para actuar en defensa de los intereses colectivos de los autónomos ante las administraciones públicas, tanto nacionales como europeas".
En una nota, la asociación explica que España es el único país que no aplica la directiva europea 2020/285 "vulnerando con ello los principios de efectividad, no discriminación, proporcionalidad, seguridad jurídica, competencia leal y libertad de establecimiento del Derecho de la Unión Europea".
Esta directiva, señalan, permite a los Estados miembros establecer un umbral de facturación anual de hasta 85.000 euros, por debajo del cual los autónomos y pymes quedarían exentos de repercutir, liquidar y declarar el IVA.
"Exigimos la implantación en España de un régimen real de simplificación/exención de IVA para pequeños negocios, alineado con la UE, que reduzca cargas administrativas y facilite el cumplimiento", reclama en una nota el presidente de ATA, Lorenzo Amor.
ATA explica que la directiva fijó dos plazos que el Gobierno ha incumplido. Por un lado, el plazo de transposición, ya que los estados miembros debían adoptar y publicar las disposiciones necesarias a más tardar el 31 de diciembre de 2024.
Y, por otro, el plazo de aplicación, ya que las nuevas normas debían aplicarse a partir del 1 de enero de 2025. "A fecha de hoy, el Gobierno de España no ha adoptado ninguna medida legislativa para transponer la directiva. La normativa española (...) carece de un régimen general de franquicia del IVA basado en un umbral de facturación (...) Son trabas y más trabas", incide Amor.
Desde ATA recuerdan que la Directiva 2006/112/CE que establece un sistema común del IVA fue modificada por la Directiva (UE) 2020/285 en sus artículos 281 a 292 para modernizar y armonizar el régimen especial de exención para pequeñas empresas, con el objetivo de simplificar sus obligaciones fiscales y reducir la carga administrativa.