Este lunes ha entrado en vigor la reforma de la ley de tráfico que el pasado diciembre aprobó el Congreso de los Diputados. Según la DGT, el cambio de normativa se adapta a los nuevos comportamientos de los conductores en el volante, como el uso de los teléfonos móviles. Por primera vez se legisla sobre los nuevos medios de movilidad personal, como los patinetes, y se avanza en la protección de los ciclistas. Además, también hace especial énfasis en el uso correcto de los sistemas de protección (como el casco, el cinturón de seguridad o las sillas infantiles) y la protección del medio ambiente. Estas son todas las novedades de la nueva ley punto por punto:

  • Desaparece el margen de 20 km/h para hacer un adelantamiento. Se trata del cambio más polémico y más criticado de la nueva normativa, pero según la DGT había que eliminar esta norma que no comparte ningún otro país europeo. Así pues, si hasta ahora para hacer un adelantamiento en una carretera convencional se podía superar en 20 km/h la velocidad permitida, ahora eso desaparecerá y comportará una sanción.
  • Sanciones más severas para utilizar el teléfono móvil. Aumentan de 3 a 6 los puntos. Y no sólo para utilizarlo, sino por el simple hecho de tenerlo en la mano.
  • Más multas para no utilizar bien los sistemas de seguridad. Suben de tres a cuatro los puntos a descontar para utilizar o no hacerlo de forma adecuada el cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y otros elementos de protección.
  • Prohibido detectar radares. Hasta ahora sólo se sancionaba el uso de detectores de radares, pero ahora también será una infracción el simple hecho de llevarlo al coche.

Radares

  • Con respecto al entorno. A partir de ahora se sancionarán con más dureza todas aquellas acciones que puedan causar daños al medio ambiente, como no apagar el motor del vehículo mientras está parado o tirar cigarrillos por la ventana.
  • Normas para los patinetes. Esta nueva ley también hace referencia a los vehículos de movilidad personal, cada vez más presentes en la vía pública. Se establece que ni estos ni las bicicletas ni ciclos podrán circular por las aceras y otras zonas para los peatones. También, tendrán que utilizar casco de forma obligatoria.
  • Lucha contra el alcohol. La nueva ley establece tasa cero de alcohol para los menores de edad conductores de cualquier vehículo. Desde el 6 de julio de 2022 es obligatoria la incorporación de alcoholímetros en vehículos de transporte de viajeros (por ejemplo, autobuses escolares). No cumplirlo es una infracción muy grave (500 euros). Se añade como infracción leve (hasta 100 euros) para "incumplir la obligación de los conductores de estar en todo momento en condiciones de controlar su vehículo".
  • Cambios en la recuperación de puntos. Se unifica en un plazo de dos años el tiempo que tendrá que transcurrir sin cometer infracciones para recuperar el saldo inicial de 12 puntos, siempre que no se haya perdido todo el saldo. Se podrán recuperar 2 puntos del carné por la realización de cursos de conducción segura certificados por la DGT. No obstante, la recuperación de estos puntos no será efectiva hasta que entre en vigor la regulación de las condiciones que tienen que cumplir tales cursos.
  • Novedades con respecto al permiso de conducir. A partir de ahora, se podrán establecer cursos de concienciación y sensibilización para la obtención del permiso o licencia de conducir, que podrán impartirse también en línea siempre que se asegure la interacción a través de un aula virtual. Además, utilizar dispositivos de intercomunicación no autorizados en los exámenes de conducir se considerará una infracción muy grave, sancionada con 500 euros y seis meses sin poder presentarse de nuevo. Por último, las empresas de transporte de personas y de mercancías podrán acceder "en línea" al registro de conductores para conocer si el permiso de conducir de sus trabajadores está vigente o no. Sólo se informará en rojo (no en vigor) o verde (en vigor).