El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha rechazado la suspensión cautelar de las nuevas restricciones aplicadas por el Govern como le reclamaban restauradores y otros colectivos.

En cinco autos, y después de escuchar a la Generalitat, los magistrados defienden que la existencia de riesgos para la salud pública derivados de situaciones de contacto social es "indudable" y la afectación que la suspensión representaría para la población "es de una entidad muy relevante".

Añaden que en caso de aceptarse, "quedarían sin regulación o prevención una serie de situaciones" en que implican concentraciones sociales, "en las que los riesgos de contagio son sobradamente conocidos". Defienden que el derecho a la vida tiene que ser el principal a proteger.

Los recursos los habían presentado la Federación Catalana de Asociaciones de Actividades de Restauración y Musicales (Fecasarm), el Gremio de Restauración de Barcelona, la Asociación Nacional de profesional y autónomos de las Terapias Naturales, la Asociación Nacional de Empresarios de Máquinas recreativas (ANDEMAR-Catalunya) y el Gran Casino de Barcelona, Casino Castillo de Perelada i Casino de Tarragona.

Este martes, los magistrados emitieron cuatro autos donde defendieron que suspender las medidas sin escuchar las alegaciones de la Generalitat podría afectar gravemente a la salud pública. Por eso, esperó que el Govern presentara su escrito.

Los derechos fundamentales a preservar

En las resoluciones de este miércoles afirman que lo que se tienen que preservar son derechos fundamentales como el derecho a la vida, a la integridad física y a la protección de la salud de los profesionales sanitarios y de la población que se atienen. Por eso, reivindican que su preservación "tiene que ser el criterio principal" a tener en cuenta y ante esto "no se entreven intereses diferentes merecedores de mejor protección".

Con respecto a las actividades con contacto, añaden que la interacción social en grupos de convivencia no estables "se justifica como un riesgo manifiesto de dispersión del virus" y que eso hace "necesario restringir al máximo las actividad y servicios que en su prestación comporten contacto físico o mucha aproximación a los clientes".

Además, afirman que aceptar las medidas cautelares implicaría reconocer la pretensión de fondo de los recursos, decisión que no toca tomar ahora.