La Audiencia Nacional ha admitido el recurso de la Fiscalía contra el archivo de la investigación de la pitada al himno español en la final de la Copa del Rey, que se jugó en el Camp Nou, en mayo de 2015, entre el FC Barcelona y el Atlético Club de Bilbao. El tribunal cree que hay que seguir investigando la pitada y las personas que la hicieron porque "puede haber, en principio, un hecho con relevancia penal por su naturaleza dolosa".

El auto distingue entre los hechos archivados por la Audiencia Nacional en relación con la pitada al himno español en la final disputada el año 2009 y la actual querella, porque el ambiente institucional con respecto a la independencia de Catalunya "es muy diferente" y añade que sólo hay que ver como hecho notorio "los acontecimientos y, sobre todo, las decisiones políticas de los órganos de gobierno de Catalunya que se han adoptado en los últimos dos años con vistas a conseguir la independencia de Catalunya con respecto a España".

La sala argumenta que, aunque sobre el deseo independencia de una parte de la comunidad de Catalunya de España no se puede decir nada, "lo que no puede compartir es la vejación a los símbolos de la nación española, como es su himno, y al jefe del Estado, de una manera planificada como ha pasado en el caso presente (...) aprovechando una ocasión en que la publicidad a través de los medios de comunicación que secundaron el acontecimiento deportivo era evidente que potenciaba el deseo de despreciar a España tanto en el ámbito nacional como internacional, lo que comporta una situación desproporcionada que excede de una simple situación desagradable ".

"Por lo tanto, es un hecho esta planificación, que tendrá que ser investigada, junto con la circunstancia de que en la entrada del acontecimiento deportivo se repartieron silbatos entre los asistentes para magnificar el acto lesivo, pues tal circunstancia redundaría en una voluntad coordinada hacia el menosprecio a los símbolos de España", sostienen a los magistrados.

Diferentes varas de medir

El juez Fernando Andreu defendía en su escrito para archivar la querella, la libertad de expresión y concretaba que "esta manera de expresar determinadas críticas, en las cuales se mezclan reivindicaciones deportivas (cómo es solicitar que determinadas autonomías tengan selecciones propias) con políticas (no considerarse parte del país), no pueden considerarse como delictivas, aunque vayan dirigidas al jefe del Estado y al himno de la nación". Fernando Andreu iba más allá y remarcaba que la colocación de la pancarta y las esteladas "no se puede considerar como injuriosa, excepto que pretendamos avanzar tanto en la protección de estas situaciones que impidan cualquier y concreto acto de crítica y más todavía en este caso en el cual no se han hecho expresiones que desprecien o desacrediten las instituciones, sino que lo que se ha hecho es una crítica, sin duda de mal gusto, contra las mismas, pero en ningún caso delictiva".

La pitada del 30 de mayo del año pasado era la primera final de la Copa del Rey presidida por Felipe VI. Con Juan Carlos I como monarca hubo dos pitadas más. En el Vicente Calderón, en Madrid, en 2012, y en Mestalla, València, en 2009. En ninguna de las dos ocasiones, sin embargo, hubo consecuencias penales. Pero la Comisión Antiviolencia propuso multas de hasta 123.000 euros a la Federación Española de Fútbol, que es quien organiza la final.