Oriol Pujol ha salido este viernes a las ocho y cuarto de la prisión de Brians 2 en régimen de tercer grado. El lunes ingresará en un centro de régimen abierto, donde tendrá que ir a dormir cada día excepto los fines de semana, que los podrá pasar en su casa.

En el centro tendrá que estar ocho horas al día entre semana. Los internos con arraigo en Barcelona que acceden al tercer grado tienen como destino el módulo de régimen abierto de Brians 1 o los centros abiertos de Trinitat o Wad Ras. Pujol ingresó voluntariamente en Brians 2 el 17 de enero para cumplir la condena de dos años y medio de prisión por el caso de las ITV. La Secretaría de Medidas Penales, Reinserción y Atención a la Víctima decidió la semana pasada ratificar el tercer grado que la Junta de Tratamiento de Brians 2 propuso unánimemente para él.

El tercer grado supone la salida del interno durante el día para trabajar o hacer actividades formativas o de tratamiento encaminadas a su reinserción. Pujol tendrá que volver a la prisión a dormir y para que el personal de tratamiento mantenga la supervisión sobre el caso, con entrevistas de seguimiento y los controles correspondientes. Tiene que estar en el centro un mínimo de ocho horas. El fin de semana puede estar en su casa y volver a la prisión el domingo por la noche.

Las medidas de seguridad en estos centros abiertos son más atenuadas y hay un mayor contacto con el medio comunitario para que el interno se incorpore progresivamente a la vida en libertad.

En Catalunya, uno de cada tres condenados empieza el cumplimiento| de la pena con un tercer grado (799 de 2.635 en el 2018). En total, de las 8.484 personas que cumplen pena de prisión, 1.650 lo hacen en este régimen, lo que supone al 26% de los internos clasificados.

Los criterios técnicos que se valoran para aprobar una propuesta de clasificación inicial en tercer grado son la longitud de la pena, el riesgo de reincidencia o de ruptura de condena, las características personales y sociales del preso, si se trata del primer ingreso, el apoyo familiar, si tiene trabajo fuera, la conducta dentro del centro y la participación en su programa individual de tratamiento, entre otros.

La fiscalía puede presentar recurso contra la decisión

Contra la decisión de la Secretaría de Medidas Penales la fiscalía puede presentar recurso. En este caso, el juez de Vigilancia Penitenciaria resuelve, después de pedir los informes en el centro penitenciario. Esta resolución tiene forma de auto, que mantiene o revoca el tercer grado.

Si la decisión del juez es la revocación del tercer grado, podría pasar de que la resolución tuviera efectos suspensivos, y entonces se dejaría sin efecto de manera inmediata el tercer grado, aunque el interno presente recurso ante la audiencia provincial. Si no es el caso, el juez puede mantener el tercer grado mientras no se pronuncie la audiencia.

Si el juez de Vigilancia Penitenciaria revoca el tercer grado lo comunica al centro penitenciario en la Secretaría de Medidas Penales, que clasifica entonces el interno en segundo grado y vuelve nuevamente en la prisión ordinaria.