El alcalde de Badalona, Xavier Garcia Albiol, actuó correctamente y dio “apoyo asistencial” al centenar de personas, la mayoría migrantes, que fue desalojada del viejo instituto B9 de la ciudad, el pasado 17 de diciembre, en pleno invierno. Así lo ha afirmado la magistrada del juzgado contencioso administrativo 11 de Barcelona que autorizó este desalojo. Ahora ha decretado su archivo, al considerar suficiente la actuación de los servicios sociales, información que requirió al consistorio del PP por la polémica levantada, según la resolución avanzada por elDiario.es y a la que ha tenido acceso ElNaciona.cat este lunes.
El macrodesalojo del B9 por parte de la Guardia Urbana de Badalona y los Mossos d'Esquadra fue fuertemente criticado por los grupos de la oposición y entidades sociales al hacerse en pleno invierno y días de lluvia, y sin alternativas. Incluso la Fiscalía de Delitos de Odio abrió una investigación al alcalde Albiol. Una parte de los desalojados se instaló bajo el puente de la C-31.
Sin debate
“Que el soporte asistencial pudo ser acometido de otra forma o con otras directrices desde la administración pública es incontestable; cada administración adopta las decisiones que considera oportunas y cuenta con los medios a su alcance para realizarlas; el juicio de oportunidad del dispositivo para atender una desocupación masiva debe permanecer fuera de este procedimiento. Lo que queda evidenciado es que la administración se atuvo, en la ejecución del acto administrativo ”, manifiesta la jueza Meritxell Quella en la resolución. La abogada de los migrantes desalojados denunció que se incumplió la orden judicial de darles una alternativa habitacional.
Atención “debida”
En la resolución, firmada el 3 de junio pasado, la magistrada da por satisfecha “la atención debida a consecuencia de la ejecución del acto administrativo”. Y sostiene que “así se deduce no solo del informe emitido en fecha 17 de diciembre de 2025, inmediatamente posterior a la intervención del consistorio en el inmueble de su titularidad, sino en particular, de la actuación detallada en el informe de 31 de diciembre de 2025 al desglosar las intervenciones, todas ellas basadas en la voluntariedad de quienes se prestaron a recibir los recursos facilitados y del informe posterior de fecha 1 de abril de 2026”.
La magistrada reproduce los datos recogidos en el informe municipal. Se detalla que los servicios sociales ofrecieron apoyo, orientación y atención a 127 personas. De estas, 77 personas rechazaron el apoyo y no facilitaron ningún dato de contacto ni dato personal. Por otro lado, 50 personas aceptaron el apoyo: de estas, 26 personas ya tenían seguimiento por parte de EDAPSS y expediente abierto al Área de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Badalona.
Por otro lado, 24 personas no tenían seguimiento por parte de EDAPSS y no tenían expediente abierto en el Área de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Badalona. Por lo cual, se indica, se solicitaron los datos personales y datos de contacto, se llevó a cabo una primera atención social y, según la necesidad social, se los citó a las dependencias municipales.
Se añade que, paralelamente, profesionales del CAP de Santo Roc del Institut Català de la Salut, profesionales de Salud Mental y Adicciones de Badalona Servicios Asistenciales, el Departament de Programas de Acción Social de Ciudad de Servicios sociales y EDAPSS se reunieron en enero “para abordar la forma de coordinarse y el abordaje de casos complejos del B9”.
Además, se explica que el 30 de enero, un equipo se desplazó en la zona de bajo el puente de la C-31, a caballo con Sant Adrià de Besòs y a la zona e identifica a 15 personas, instaladas con tiendas de campaña. A mediados de febrero, se acuerda con 6 personas acceder a diferentes recursos residenciales. Vuelven en marzo y hay unas veinte personas debajo de la C-31.
Por todo ello, la magistrada concluye que de la lectura de los informes municipales del 17 de diciembre y 31 de diciembre de 2025 y el informe de Dirección Estratégica de Servicios Sociales de 1 de abril de 2026 “se desprende que se ha cumplido con la condición impuesta, en el auto del 4 de diciembre, para que se llevara a cabo el desalojo: La aplicación de una serie de intervenciones y medidas dirigidas a prestar asistencia a las personas que han quedado desprovistas de solución residencial, por parte de los servicios municipales”.
