El Govern ha denegado la renovación del concierto educativo a las escuelas que segregan por sexo pero les concede un año de prórroga, según ha publicado el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC).

La medida afecta a 11 centros de toda Catalunya y el Departamento de Educación justifica la revocación del concierto porque "no cumplen el principio de coeducación por medio de la escolarización mixta, que tiene que ser objeto de atención preferente, según la LEC.'

No obstante –y dada la situación excepcional por la pandemia de coronavirus-, la Generalitat concede un año de prórroga a estas 11 escuelas para así también evitar "el grave perjuicio para las familias de enterarse de que el centro no estará concertado el próximo curso".

Los centros educativos de Catalunya que quedan excluidos del concierto educativo pertenecen mayoritariamente a instituciones religiosas y son las escuelas Canigó, Bell-lloc del Pla, Les Alzines, Pineda, Xaloc, Institució Lleida, Esc. Fam. Agr. Campjoliu, Institució Tarragona, La Vall, La Farga y Viaró, según detalla el Departamento de Educación al DOGC.

La resolución –publicada este viernes- establece la aprobación con carácter provisional de las renovaciones de los conciertos educativos en Catalunya para la educación primaria y las modificaciones de los conciertos de educación infantil de segundo ciclo y de educación secundaria obligatoria para el próximo curso 2020-2021.

Plazo de 10 días, agotado

En el redactado se recuerda que el pasado 3 de marzo el Departamento de Educación requirió a estas 11 escuelas que en 10 días aportaran el proyecto educativo del centro y alegaran "las razones pedagógicas en qué fundamentan la elección del modelo de educación diferenciada por sexos".

"El real decreto del 14 de marzo que declaró el estado de alarma por covid-19 suspendió los términos e interrumpió los plazos administrativos antes de la finalización de este plazo de 10 días para aportar la documentación solicitada", puntualiza el DOGC.

"Dado que no se ha podido acreditar el cumplimiento de las razones educativas de la elección de un modelo de escolarización diferenciada por sexo, ni la adopción de medidas académicas necesarias para garantizar que esta organización diferenciada no constituya un impedimento a la igualdad, tal como establece la Ley Orgánica 2/2006, no se puede aprobar la renovación del concierto", sentencia la resolución de Educación.