El Departament d'Ensenyament ha modificado al modelo de evaluación en la Educación Secundaria Obligatoria (ESO) para adecuarlo al currículum para competencias básicas, con la principal novedad que se utilizarán calificaciones cualitativas en lugar de cuantitativas para valorar los aprendizajes de los alumnos. Para expresar los resultados de los aprendizajes de los alumnos y el grado de consecución de las competencias se utilizarán las calificaciones de no consecución (NC), consecución satisfactoria (CS), consecución notable (CN) y consecución excelente (CE). El nuevo modelo, que se pondrá en marcha a partir del próximo curso, da continuidad a la evaluación de primaria y coherencia al carácter competencial del currículum durante la enseñanza obligatoria.

Otra novedad se encuentra en la evaluación de los ámbitos transversales, ya que algunas competencias se trabajan desde varias materias y serán evaluadas conjuntamente por el equipo docente. Se trata de las competencias del ámbito digital, que se consideran clave hoy día, y del ámbito personal y social, relacionadas con aspectos del crecimiento y aprendizaje del alumno. De hecho, la nueva normativa prevé que el equipo docente tendrá que actuar como órgano colegiado en todo el proceso de evaluación y en la adopción de las decisiones que resulten. En la valoración del grado de consecución de los niveles competenciales de los alumnos en el paso de curso, así como en la superación de la etapa, el equipo docente tendrá que adoptar las decisiones por consenso y, en caso que no se llegue, por mayoría simple. En caso de empate, el voto del tutor o tutora será dirimente.

El equipo docente será también el responsable de informar por escrito los alumnos y los padres o tutores legales de los resultados de la evaluación de final de curso. Esta información tendrá que contener, al menos, las valoraciones sobre el grado de consecución de las competencias, la decisión sobre el paso de curso o la superación de la etapa y el consejo orientador con las recomendaciones del equipo docente, que contendrá la orientación sobre el itinerario formativo y, si ocurre, recomendaciones sobre medidas de apoyo para el curso siguiente. Al acabar la etapa obligatoria, el consejo orientador también incluirá una orientación específica sobre el itinerario en la enseñanza postobligatoria y/o profesionalizadora. El Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC) ha publicado este lunes la orden que determina el procedimiento, los documentos y los requisitos formales de la nueva evaluación.

Objetivo: mejorar el aprendizaje de los alumnos

La finalidad de la evaluación es acompañar y mejorar el proceso de aprendizaje de los alumnos con respecto a los contenidos y al grado de consecución de las competencias, teniendo en cuenta los ritmos y las potencialidades de cada uno. Esta evaluación también tiene que permitir a los alumnos y a los profesores analizar las dificultades del proceso de aprendizaje y encontrar estrategias para superarlas. El alumno tiene que ser parte activa de su proceso de aprendizaje y la evaluación le tiene que aportar la orientación necesaria para mejorarlo.

La evaluación de acuerdo con las competencias básicas tiene dos funciones clave. Por una parte, regula el mismo proceso de aprendizaje y, de la otra, califica teniendo en cuenta el nivel de consecución de las competencias por parte de los alumnos, que incluye la puesta en práctica de los conocimientos para resolver nuevas situaciones. El alumno supera la etapa de la ESO cuando alcanza las competencias de los ámbitos asociados a las materias y las de los ámbitos transversales. El equipo docente puede decidir que un alumno obtenga el título aunque tenga evaluación negativa en una materia o dos que no sean simultáneamente lengua catalana, lengua castellana y matemáticas.