Un juzgado de Martorell ha absuelto a un guardia civil juzgado por supuestamente agredir a dos votantes en un colegio electoral de Sant Esteve Sesrovires el 1-O.

En uno de los casos, el juzgado dice que no hay pruebas que el golpe de porra lo diera el agente procesado, y en el otro caso el juez admite la responsabilidad del agente pero lo exculpa diciendo que el golpe estaba motivado y fue proporcionado. La acusación particular pedía 4.600 euros de multa e indemnización, mientras la fiscalía y la Abogacía del Estado pedían la absolución.

El agente actuó en la escuela el Robledal de Sant Esteve Sesrovires, en el Baix Llobregat, y estaba acusado de dos delitos leves de lesiones por haber golpeado a dos votantes cuando se estaba celebrando el referéndum de independencia. Los golpes se produjeron en el momento que la Guardia Civil quería abrir un pasillo entre la gente para permitir la retirada de las urnas. Durante el juicio celebrado en los juzgados de Martorell, el agente reconoció haber actuado en el centro pero dijo que no recordaba si golpeó a las dos personas que presentaron la denuncia. La acusación, sin embargo, basa su tesis en un vídeo donde se ve el impacto que recibe una de las víctimas cuando esta era de espaldas.

El acusado, procedente de Sevilla, admitió haber golpeado a algunos de los votantes concentrados en las puertas de la escuela Robledal durante el 1-O, argumentando que la multitud de gente impedía que la policía judicial pudiera acceder al centro para requisar las urnas.

Según el juez la primera agresión pasó fuera de la escuela, entre los votantes que tapaban el acceso al recinto. El hombre fue golpeado por un policía y él lo siguió con la mirada para poder identificarlo después. Este policía, una vez dentro del patio del centro, se quedó justo al lado de la puerta para que no la volvieran a bloquear. La segunda denunciante se quiso acercar una vez y el agente la alejó. En un segundo intento, con las manos alzadas, el agente la golpeó en el muslo. Esta chica sí que vio el TIP del agente y cuando habló con el primero agredido, este concluyó que se trataba del mismo policía.

No obstante, el juez ve contradicciones en la versión del primero agredido, porque no puede asegurar que fuera el mismo agente el que los golpeó en los dos, porque el primero no vio quién golpeaba a la segunda votante. En cambio, aunque el agente decía que no recordaba a quién había golpeado, sí que la declaración de la víctima y un vídeo hacen concluir al juez que la lesión en la pierna de la mujer la había provocado un golpe de porra del acusado. No obstante, concluye que el golpe de porra fue proporcional, porque estuvo en el muslo, y estaba motivado por el cumplimiento de la orden judicial y la advertencia a los votantes de no acercarse a la puerta de entrada y salida. Por eso lo absuelve.

Según el acusado, todas las veces que dio estuvieron en la parte inferior del tronco de los manifestantes, y explicó que no recordaba a qué ciudadanos había golpeado, de manera que no podía concretar si había agredido a las dos personas que lo han llevado a juicio. Versiones similares las dieron a otros agentes citados como testigos, a los cuales admitieron haber hecho uso de la fuerza hacia los votantes. Según todos los agentes, los golpes fueron para garantizar la actuación de la policía judicial.

Por todo ello, la acusación pedía que se condene el agente a pagar una multa de 3.600 euros por dos delitos leves de faltas -1.800 euros por cada uno. Al mismo tiempo, también reclama que se le condene a pagar a una de las denunciantes una indemnización de 1.000 euros, ya que esta es jugadora profesional de balonmano y el hematoma provocado por las veceS le comportó impedimentos a para practicar deporte. La fiscalía y la Abogacía del Estado pedían la absolución.