La asociación de juristas catalanes Llibertats ha recalcado hoy que la normativa no permite una investidura del president de la Generalitat por vía telemática, una opción que no descarta Junts per Catalunya (JXCat) para elegir a Carles Puigdemont sin necesidad que pise territorio español.

Puigdemont se comprometió durante la campaña electoral a volver a Catalunya si revalidaba el cargo de president de la Generalitat, pero le espera una orden de detención cuando pise territorio español, por lo cual JXCat busca posibles fórmulas para investirlo a distancia.

En este contexto, Llibertats, organización de juristas presidida por Pere Lluís Huguet, ha remarcado en un comunicado que "jurídicamente, y con la legislación vigente, no existe ninguna posibilidad legal de una investidura telemática" y que el reglamento del Parlament tampoco regula el voto telemático.

Fuentes del Parlament consultadas por Efe han indicado, por su parte, que la videoconferencia, que Puigdemont usó para ofrecer mítines desde Bélgica durante la campaña electoral, es un mecanismo que solo está previsto en el reglamento para comparecencias de expertos en comisión, pero no para una sesión de investidura.

Las mismas fuentes recuerdan que, hasta el presente, en todas las sesiones de investidura el candidato a la Presidència de la Generalitat ha estado presente para detallar su plan de gobierno y debatir con la oposición, aunque no necesariamente tiene que seguir siendo así si lo acuerdan todos los grupos o, si no hay unanimidad, existe una mayoría favorable a modificar el reglamento.

Llibertats también asegura en su comunicado que la adquisición de la condición de diputado "exige la presentación en el registro de la credencial expedida por el órgano correspondiente de la administración electoral, y prometer o jurar respetar la Constitución y el Estatuto, actos estos de carácter personalísimo, que no pueden ser delegados".

No obstante, fuentes del Parlament han explicado que el acta de diputado la puede recoger un apoderado designado por el diputado electo, sin que este esté presente, como se ha hecho los últimos años. Las mismas fuentes han subrayado que la promesa o el juramento de respetar la Constitución y el Estatut y la preceptiva declaración de bienes se hacen habitualmente por escrito.