El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de la Generalitat contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya que concluyó que el Departament de Salut "discriminó" los policías nacionales y guardias civiles destacados en Catalunya en el calendario por la vacunación contra la covid. El diciembre pasado la sala contenciosa-administrativa del TSJC dio la razón al sindicato Jupol y a la organización Jucil, al considerar que Salud había retrasado injustificadamente la vacunación de los agentes estatales por detrás de los mossos de escuadra y policías locales. La Generalitat presentó un recurso al Supremo, pero el alto tribunal español ha rechazado el recurso.

La sentencia del TSJC tenía en cuenta que "las vacunas en los cuerpos no nacionales empezaron a administrarse el 10 de febrero del 2021", mientras que los agentes de los "cuerpos nacionales" no tuvieron acceso hasta el 12 de marzo. "Es decir, con un mes de diferencia, y a un ritmo, además, extremadamente lento. Sobra decir el carácter fundamental, de supervivencia realmente, de la celeridad de vacunación para un personal expuesto de manera constante al contacto próximo con el ciudadano", señalaba la decisión.

El TSJC hacía referencia a un informe del mismo Departament de Salut, de fecha 25 de abril del 2021, donde se especificaba el estado de vacunación de los diversos cuerpos entre el 24 de marzo y el 22 de abril del 2021. "Las cifras no pueden ser más dispares si nos fijamos en el contraste del origen de los cuerpos: mientras que los no nacionales se mueven en una horquilla del 66,9 al 79,1%, los nacionales tenían un porcentaje del 3,6 y 2,8% el 24 de marzo y del 9,9 y 6,3% el 22 de abril del 2021". En el periodo del 10 de febrero al 27 de abril del 2021, de los cuerpos estatales fueron vacunadas 714 personas. En cambio, en 9 días desde la medida cautelar adoptada en la causa, es decir, hasta el 6 de mayo del 2021, se vacunaron 4.806 personas.

Posibles responsabilidades penales

Es por todo eso que el tribunal apuntaba a posibles responsabilidades penales de altos cargos de Salut, como la exconsellera Alba Vergés y otros. El Supremo no ha admitido a trámite el recurso de la Generalitat contra la sentencia contenciosa-administrativa al considerar que el TSJC aplicó correctamente la normativa y valoró adecuadamente los hechos. Además, no ve interés casacional en el caso. Jupol se ha felicitado por esta decisión y considera que los hace "más fuertes" y "los empuja a seguir luchando para que desaparezcan las desigualdades, el trato injusto y desfavorable y la discriminación de la Policía Nacional y la Guardia Civil en Catalunya".