Además de mantener la distancia de seguridad… ¿cómo se puede saber si una playa está tomando las medidas higiénico sanitarias adecuadas para prevenir el contagio frente a laCovid-19? Lo cierto es que la competencia de la gestión de la playa puede estar gestionada por diferentes entes a lo largo de toda la geografía: ayuntamientos, comunidades autónomas, costas…

El pasado 23 de mayo se aprobó una Orden en el BOE relativa al uso de las playas, en la que se decía que los ayuntamientos podrán establecer limitaciones tanto de acceso, que en todo caso será gratuito, como de aforo en las playas a fin de asegurar que se respeta la distancia interpersonal de, al menos, dos metros entre bañistas.

Asimismo, a efectos de garantizar su disfrute por el mayor número posible de personas en condiciones de seguridad sanitaria, podrán también establecer límites en los tiempos de permanencia en las mismas, así como en el acceso a los aparcamientos en aras a facilitar el control del aforo de las playas. A efectos de calcular el aforo máximo permitido por cada playa, se considerará que la superficie de playa a ocupar por cada bañista será de aproximadamente cuatro metros cuadrados.

Vista de una playa

El pasado 23 de mayo se aprobó una Orden en el BOE relativa al uso de las playas

Además, el Ministerio de Sanidad validó una serie de protocolos desarrollados por el Instituto para la Calidad Turística Española (ICTE) a instancias del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo para el sector turístico en concreto, de los cuales uno de ellos hacia referencia precisamente a las playas. Cada Comunidad Autónoma ha desarrollado también sus propias recomendaciones para este verano, pero ahora con los rebrotes no está demás volver a recordar cuáles son los puntos más importantes.

Los espacios en los que hay que prestar una especial atención para fijarse si se han tomado las medidas de protección necesaria son el arenal, los aseos vestuarios y taquillas, los puntos y suministros de agua potable y lavadero de pies, infraestructuras y equipamientos de las empresas concesionarias, las infraestructuras y equipamientos de uso específico de personas con discapacidad, las papeleras, las áreas de juego infantiles, las instalaciones deportivas, las pasarelas y los puestos de socorrismo.

En los lugares donde no se pueda garantizar la protección de los usuarios, como lavaderos o duchas, lo recomendable es que estén cerrados y si están abiertos y no hay garantía del cumplimiento de las medidas preventivas e higiénico-sanitarias es mejor no hacer uso de ellos.

Hay que prestar especial atención a todos los avisos que se realizan con cartelería tradicional, recursos humanos o aplicaciones tecnológicas que suelen informar a la gente antes de desplazarse hasta la propia playa y fijarse también en el plan desarrollado para que los usuarios en primera línea de playa (las personas dispuestas en la primera fila respecto al mar) guarden la distancia de seguridad respecto a los usuarios que estén en la orilla paseando o entrando a disfrutar de un baño.

Amigos entrando al agua

Se considerará que la superficie de playa a ocupar por cada bañista será de aproximadamente cuatro metros cuadrados

Con relación a las áreas de juego infantiles, las áreas deportivas y otras zonas de esparcimiento, al igual que otras zonas, si no se cumplen las medidas de seguridad sanitarias deben estar clausuradas y si no lo están no hay que hacer uso de ellas si no hay garantía. 

Es aconsejable que la zona de hamacas y sombrillas esté delimitada (por ejemplo, a través de balizas, cintas, indicaciones) estableciéndose un control en la asignación de las mismas, de forma que se pueda asegurar, previo a su uso, que el equipamiento ha sido debidamente limpiado y desinfectado.