El Govern aprobará el próximo martes un decreto para desplegar la ley ELA en Catalunya. La normativa, aprobada por unanimidad en el Congreso el pasado noviembre, dispone de ayudas para los afectados por esta enfermedad y para sus familias y cuidadores. Unas 200 personas con grado III de dependencia extrema se podrían beneficiar de ellas y a partir del miércoles 18 de marzo los afectados ya podrán solicitar las ayudas. Así lo ha anunciado este miércoles desde el Parlament el presidente de la Generalitat, Salvador Illa, que ha destacado que Catalunya será una de las primeras autonomías en desplegar la ley.
Una vez aprobada en las Cortes españolas la ley, ahora la Generalitat ya ha diseñado el procedimiento para aterrizar su aplicación efectiva en Catalunya, para lo que ha estimado un presupuesto de 20 millones de euros este 2026. A la norma estatal añade, además, una financiación adicional para que el coste para los pacientes en situación más avanzada sea cero. A partir del 19 de marzo se podrá pedir el reconocimiento del llamado grado III+ de dependencia, el más elevado y el único que se puede beneficiar directamente de las prestaciones de la ley ELA. Para el resto de casos, con grados inferiores, hay otras ayudas vinculadas a la dependencia.
Podrán acogerse a las prestaciones de la ley las personas diagnosticadas con ELA en una fase avanzada de la enfermedad. También podrán hacerlo aquellas con enfermedades de neurona motora neurodegenerativa diferentes de la ELA, como encefalopatías espongiformes transmisibles, infarto cerebral y atrofia muscular espinal tipo I y II. Para valorar cada solicitud, habrá un gestor de caso referente que tendrá en cuenta las necesidades clínicas y los cuidados requeridos. Los gestores de casos serán profesionales del Departament de Drets Socials. La administración deberá resolver las solicitudes en un plazo máximo de tres meses.
La solicitud para el reconocimiento del grado III+ se podrá hacer por vía electrónica o presencial y será necesario un informe médico que acredite al menos dos de estos tres criterios: que la persona necesita un soporte de ventilación superior a 8 h al día, necesidad diaria de aspiraciones de secreciones e inmovilidad en el tren superior. Las personas beneficiarias —el Govern calcula que unas 200 en Catalunya— obtendrán entre 5.000 y 15.000 euros mensuales. La cuantía de la prestación es gradual y se ajusta a la intensidad de horas de atención necesarias, que van desde un mínimo de 8 h a la necesidad constante todo el día, en franjas de ocho horas.
De unos 5.000 a 14.788 euros mensuales
La prestación base dentro del marco estatal prevé una aportación del Estado de 4.930 euros mensuales, independientemente de si la persona solicitante necesita un servicio de atención especializado de 8 h diarias, 12, 16, 20 o todo el día. El resto de la prestación lo financia la comunidad autónoma. En este caso, Catalunya lo hace con 2.464 euros si son 12 h o con 4.929 euros si son de 16 h en adelante. De esta manera, por ejemplo, las personas más dependientes que necesitan asistencia las 24 horas recibirán 9.859 euros mensuales de prestación base (la mitad financiado por el Estado y la otra por la Generalitat) y 4.929 euros más adicionales de la Generalitat, hecho que eleva la prestación hasta un máximo de 14.788 euros al mes.
Compatibles con otras ayudas por dependencia
El dinero previsto en concepto de ayuda estará vinculado a dos tipos de prestaciones: un servicio de atención a domicilio o un asistente personal de apoyo a la vida autónoma. Así, para poder recibir la ayuda, la persona deberá contratar un servicio de atención intensiva en el domicilio y la prestación cubrirá el coste hasta el máximo establecido. Además, las prestaciones serán compatibles con otras que puedan recibir de dependencia. En la práctica, esto quiere decir que permitirá combinar, por ejemplo, un centro de día, un asistente personal u otros recursos sociales. Todas las personas con el grado III+ podrán acceder a las prestaciones y escoger la intensidad del servicio en función de sus necesidades de salud y entorno social y solo quedarán excluidas las personas en los tramos más elevados de renta, que deberán asumir un copago reducido del 5% del coste de la prestación.