El expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero ha planteado la posible nulidad de algunas pruebas del caso Plus Ultra si no se acredita qué resolución judicial autorizó a analizar una serie de conversaciones que motivaron la “imputación” al exlíder socialista “de actos penalmente reprochables”. La defensa de Zapatero ha enviado un escrito al juez José Luis Calama, en el que advierte que, si no existe tal autorización, estas conversaciones “deben ser excluidas del procedimiento” y esto comprendería “promover un incidente de nulidad”, según ha avanzado la agencia Efe este martes. Es un ataque directo a la investigación por parte del abogado de Zapatero, Víctor Moreno Catena, especialista en derecho procesal.
El escrito de la defensa llega después de que Zapatero declarara como investigado, el pasado jueves, ante el juez Calama, y en el que negó haber ejercido influencias en el rescate de la aerolínea Plus Ultra.“No tuve ninguna intervención, no hablé con nadie del sector público sobre el rescate de Plus Ultra. No hay nadie que pueda decir lo contrario”, aseguró Zapatero. El audio de su interrogatorio se difundió, así como el del instructor riñéndolo porque no guardaba silencio cuando el magistrado hablaba. Zapatero está investigado como supuesto “vértice” de una trama de tráfico de influencias en favor de la aerolínea Plus Ultra y a cambio de supuestas comisiones, en la que también están imputadas sus hijas.
Un disco duro
En concreto, el abogado Víctor Moreno se refiere a un disco duro denominado “crucial” que contiene conversaciones de un abogado imputado en el caso, Miguel Palomero, y “otras conversaciones privadas de terceros afectados por las entradas y registros” que se practicaron el 24 de octubre de 2024 en atención a unas solicitudes de cooperación jurídica internacional de Francia y Suiza.
Dichas conversaciones, explica el abogado, que han sido analizadas en informes policiales de la UDEF, figuran en la denuncia que la Fiscalía Anticorrupción presentó en noviembre de 2025 y dio lugar a la apertura de una pieza separada en el juzgado de Madrid que comenzó investigando el caso Plus Ultra y que después lo derivó a la Audiencia Nacional.
De hecho, el abogado subraya que la resolución que remitía el caso a la Audiencia Nacional tenía “base” en un chat denominado “Danilo-España” y en ella la jueza consideró “que podría existir una organización internacional para el blanqueo de posibles delitos cometidos en Venezuela y otros países”.
Analizado por Anticorrupción
La defensa de Zapatero apunta también que las conversaciones fueron analizadas en unas diligencias de investigación preprocesales que abrió Anticorrupción en diciembre de 2025, cuando el asunto estaba en el juzgado de Madrid.
El abogado subraya en definitiva que el material digital fue intervenido “con una finalidad determinada y al servicio de procedimientos seguidos en el extranjero” (Francia y Suiza), si bien ha sido “utilizado después en investigaciones internas sucesivas españolas y de objeto distinto”. Y eso requiere “una habilitación judicial” que ahora solicita en su escrito, en el que pide “que se depure si la fuente de prueba y sus derivaciones fueron regularmente obtenidas”.
“La eventual irregularidad en el origen se proyecta, por la vía de la prueba refleja, sobre todo el material derivado que se emplee frente a él (Zapatero)”, indica. Por ello, el abogado defensor reclama que la Fiscalía indique qué resolución judicial autorizó “a las fuerzas policiales el análisis de las comunicaciones privadas aludidas, así como el lugar de esta compleja instrucción, de ida y vuelta, donde esa autorización se encuentra”, para que “se pueda asumir como una diligencia que fue regularmente obtenida”.
Y advierte de que, si no se hubiese obtenido dicha autorización, “las garantías esenciales del procedimiento se verían radicalmente laminadas porque las actuaciones policiales se habrían producido sin la habilitación legal exigida por la Constitución, y habrían quedado irremediablemente vulnerados el derecho fundamental al secreto de las comunicaciones, el derecho fundamental a la intimidad y el derecho a la protección de datos personales”.