La magistrada del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) Maria Eugènia Alegret ha desestimado los recursos presentados por Josep Maria Jové y Lluís Salvadó contra su procesamiento por los preparativos del 1-O. El auto confirma su procesamiento por los delitos de desobediencia, prevaricación, malversación y revelación de secretos y concluye que durante la investigación en el juzgado de instrucción 13 no se vulneraron sus derechos fundamentales y de defensa, ni tanto solos cuando se les pincharon los teléfonos y se registraron sus despachos y domicilios el 20-S.

En su auto, Alegret rebate uno a uno todos los argumentos de los procesados. Así, considera que no ha habido indefensión por parte de Jové y Salvadó ni se han vulnerado sus derechos, ya que mientras eran investigados en el juzgado de instrucción número 13 de Barcelona, a partir de septiembre del 2017 hasta que fueron elegidos diputados en el Parlamento en diciembre del 2017, se pudieron defender plenamente.

Además, la magistrada también niega que se hayan incorporado pruebas de otros procesos donde no estuvieran presentes, y dice a los abogados que no han aportado ningún ejemplo. El escrito recuerda que la investigación inicial de Instrucción 13 era| por el supuesto espionaje fiscal de la Generalitat a los ciudadanos y el posible camuflaje de 400 millones dentro del presupuesto del Govern para organizar el 1-O. Por eso se dirigió la investigación contra el Departamento de Vicepresidencia, Economía y Hacienda.

Delito de prevaricación

La magistrada también dice que el delito de prevaricación se basa en el convenio entre Vicepresidencia y el Idescat para acceder a datos del censo para, según la magistrada, elaborar el censo electoral para el referéndum del 1-O. También dice que el delito de malversación, aunque se haya juzgado en el Tribunal Supremo sin la presencia de Salvadó y Jové, también se puede aplicar a los ahora dos procesados, porque los dos formaban parte del control del gasto de la Generalitat.

A Salvadó le recuerda específicamente que el programa para mejorar la hacienda catalana preveía escenarios post-referéndum cuando el TC ya lo había impugnado y había recordado que la Generalitat no podía gestionar impuestos no cedidos.

Por último, considera proporcionales las medidas cautelares de comparecencia mensual en los juzgados, sea el más próximo en su casa o en el mismo TSJC, cerca del Parlamento donde trabajan, además de entregar el pasaporte para no marcharse al extranjero, donde "existen estructuras aptas para acoger a los procesados en caso de fuga", recuerda Alegret.