El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha rechazado la demanda de Carme Forcadell contra su situación de prisión preventiva. La decisión la tomó un único juez en marzo, cuando decidió no admitir a trámite la demanda.

Forcadell registró la demanda en Estrasburgo en enero, pero después de que el juez lo haya rechazado la decisión es "final" y no es posible recurrir. El TEDH ha decidido no empezar a estudiar la demanda, ya que primero tendría que ser aprobada por el Tribunal Constitucional.

La defensa de Forcadell ha explicado a El Nacional ya hace un año que llevó la petición de libertad al Tribunal Constitucional y la cuestión todavía no ha sido resuelta. Por este motivo, sus abogados optaron por elevar la instancia a Estrasburgo, que ahora no ha sido admitido a trámite. La inadmisión de una demanda por un juez único sólo dos meses después de haber sido presentada, como es el caso, suele deberse a tres razones: estar manifiestamente infundada, presentada fuera de plazo o no haber agotado las instancias judiciales internas.

Todo indica que la demanda de Forcadell fue rechazada por el último de los motivos, ya que cuando presentó la demanda el 18 de enero del 2019 lo hizo sin que el Tribunal Constitucional hubiera resuelto todavía el recurso contra su ingreso a prisión.

Forcadell, primera en traer la prisión preventiva al TEDH

La expresidenta del Parlamento fue la primera acusada por el 1-O al traer la situación de prisión preventiva ante el TEDH. Entonces la abogada internacional Jessica Simor, encargada de la demanda, explicó que había solicitado que el caso se considerara como "urgente".

La demanda de Forcadell alegó cuatro artículos del Convenio Europeo de Derechos Humanos relativos a los derechos a libertad y a la seguridad, libertad de expresión y de reunión y asociación, así como el derecho a elecciones libres.

Estrasburgo rechazó hace dos semanas la demanda de Forcadell y 75 parlamentarios catalanes más, como el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y Oriol Junqueras por la anulación del pleno de octubre del 2017 que podía declarar la independencia.

Una Sala de siete jueces señaló que la suspensión dictada por el Tribunal Constitucional hacía falta "en una sociedad democrática" para el "mantenimiento de la seguridad pública, la defensa de la orden y la protección de los derechos y libertades de otros".

De los 12 casos contra España que el TEDH ha comunicado a las partes (pidiendo más información sobre las alegaciones de los demandantes) desde octubre del 2017 ninguno hace referencia al procés soberanista de Catalunya.