El Tribunal Constitucional ha suspendido la declaración de independencia (DI) aprobada el viernes por el Parlament, después de admitir a trámite el incidente de ejecución presentado por el gobierno de Mariano Rajoy contra la resolución de la DI y la de inicio del proceso constituyente.

El ejecutivo estatal presentó este incidente de ejecución porque consideraba que la declaración va más allá de los efectos políticos y que, por lo tanto, también tiene consecuencias jurídicas. De hecho, el gobierno del PP ya advertía de los suyos "evidentes efectos jurídicos y vinculantes".

 

Fuentes jurídicas han informado de que el pleno ha acordado esta decisión en virtud del artículo 161.2 de la Constitución, invocado por el gobierno central en el incidente de ejecución de sentencia, que garantiza la suspensión cautelar automática de las dos resoluciones aprobadas por el Parlament.

El pleno da 24 horas al Ministerio Fiscal y en la Diputación Permanente del Parlamento para formular alegaciones. Asimismo, como en otras resoluciones anteriores, advierte la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, los miembros que conformaban la Mesa y también la Diputación Permanente y los alerta que pueden incurrir en responsabilidades, incluida la penal, si no acatan la suspensión.

En concreto, se les advierte que deben abstenerse "de iniciar, tramitar, informar o dictar, dentro del ámbito de sus competencias, acuerdos que permitan otorgar valor jurídico a la declaración de independencia".

La declaración de independencia se aprobó por 70 votos a favor, 10 en contra y 2 abstenciones. Se fueron del hemiciclo para no votar los diputados del PPC, PSC y Cs.