El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) considera que un tribunal de un Estado miembro puede rechazar una euroorden si cree que la persona afectada "corre el riesgo" de que se viole su "derecho fundamental a un juez independiente".

En una sentencia dictada este miércoles, el tribunal de la UE con sede en Luxemburgo ha dictaminado que "la existencia de un riesgo real" de que una persona objeto de una orden de detención europea sufra "una violación a su derecho fundamental a un juez independiente" y "a un proceso equitativo" puede permitir a la autoridad judicial implicada "abstenerse con carácter excepcional" de ejecutar esa euroorden.

La sentencia llega a raíz de la cuestión prejudicial planteada por un tribunal irlandés sobre tres euroórdenes recibidas contra un ciudadano de nacionalidad polaca, detenido en Irlanda en mayo del 2017. El ciudadano reclamado por la justicia polaca se opuso a la extradición alegando que, a causa de las reformas del sistema judicial polaco, corría un riesgo "real" de no ser sometido a un proceso equitativo en Polonia y que el procedimiento abierto por la Comisión Europea por violación del Estado de derecho era una prueba de esta situación.

El Tribunal de Justicia de la UE establece que el juez que tramite el euroodre en cuestión tendrá que examinar en "elementos objetivos fiables, precisos y debidamente actualizados" si existe un riesgo real de que se viole este derecho al Estado miembro que ha cursado la orden de detención. Si el juez cree que eso está probado, el tribunal de la UE asegura que podrá abstenerse de dar curso a la orden europea de detención.

El Tribunal de Justicia de la UE mujer la razón a este ciudadano y, además, considera que la información recopilada por la Comisión Europea sobre Polonia "constituye un elemento especialmente pertinente" para evaluar si hay "un riesgo real" de que se viole el derecho a un juicio justo.