El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) decidirá el próximo lunes 23 de marzo si revisa su sentencia, del noviembre pasado, en la que avalaba la prisión preventiva dictada por el Tribunal Supremo al líder de ERC, Oriol Junqueras, y los entonces diputados de Junts, Jordi Turull Jordi Sànchez por haber liderado el proceso de independencia. En una nota publicada este lunes, y según ha avanzado la ACN, la institución con sede en Estrasburgo informa que un panel de cinco jueces se pronunciará de nuevo sobre la prisión preventiva de los tres líderes independentistas, después de que estos solicitaran una revisión de su caso. Si los magistrados del TEDH desestiman la petición, el posicionamiento del tribunal de Estrasburgo será firme. En caso de que la petición se acepte, la decisión pasará a ser revisada por la Gran Sala del tribunal.

En la primera resolución, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) concluyó que el Tribunal Supremo no vulneró los derechos a la libertad, a la libertad de expresión y a unas elecciones libres de Jordi TurullOriol Junqueras Jordi Sànchez, por dictar su encarcelamiento preventivo por el caso del 1-O y privarles de participar en las elecciones catalanas de diciembre de 2017. En concreto,  sostenía que las denuncias de los políticos catalanes “no son lo suficientemente homogéneas” para concluir que su prisión preventiva “perseguía un objetivo inconfesado hacia ellos”, además de insistir en que no estaban en prisión por su ideología; es decir, no eran presos políticos, como reiteran los independentistas

 

“En riesgo la unidad de España”

El TEDH hizo suyo el discurso del Estado español de que las autoridades judiciales dictaran sus prisiones provisionales porque “pretendían la ruptura estructural con el Estado, poniendo en peligro valores fundamentales como la soberanía nacional o la unidad de la nación española”. Este razonamiento sorprendió a los juristas catalanes porque el tribunal priorizó un Estado frente a los derechos de los ciudadanos, y los denunciantes, a través de sus abogados —Jordi Pina, en nombre de Turull y Sànchez, y Andreu Van den Eynde, de Junqueras— pidieron la revisión de la primera sentencia. 

El TEDH exponía que los partidos de Junts y ERC, a los cuales pertenecen los demandantes, “no ha estado objeto de restricciones, sino que estos pudieron presentar sus listas a las elecciones del 21 de diciembre de 2017 y, al final de la votación, la coalición entre las diferentes fuerzas independentistas propuso varios candidatos a la presidencia de la Generalitat. Y, el 14 de mayo de 2018, el candidato del partido Junts por Catalunya, Quim Torra, fue investido presidente de la Generalitat”.

Derechos políticos vulnerados

El líder de ERC, Oriol Junqueras, denunció al Estado español porque el Supremo le impidió asistir a la sesión constitutiva del Parlament y a la sesión de investidura del president de la Generalitat. El republicano denunciaba que se vulneró su derecho a ejercer su mandato como diputado y a expresar su opinión como miembro del Parlament escogido democráticamente.

El actual secretario general de Junts, Jordi Turull, también denunció al TEDH la vulneración del derecho a la libertad, a la representación política y un abuso de derecho por parte de las autoridades españolas por su encarcelamiento preventivo como encausado por el referéndum independentista del 1 de octubre del 2017.

Finalmente, el expresidente de la ANC, Jordi Sànchez, y número dos de Junts en las elecciones del 2017, alegaba en Estrasburgo que se violó su derecho a participar en aquella campaña, asistir en el Parlament y a la investidura. En su caso se le denegó la petición para ir a los actos electorales, hablar con los medios desde la prisión. Además, mientras estaba en prisión preventiva, se le propuso dos veces como candidato a la presidencia, pero el Tribunal Supremo las denegó tanto el 17 de abril como el 18 de junio del 2018.

El alto tribunal español rectificó posteriormente cuando presos políticos de Junts y ERC obtuvieron el acta en el Congreso de los Diputados. Solo se los dejó salir de la prisión para asumir el acta. Después de tres años en prisión por la condena de sedición, el Gobierno del PSOE los indultó de la pena de prisión, no la de inhabilitación a cargo político. El Supremo, ahora, mantiene su radicalidad y no les aplica la amnistía en la inhabilitación, posicionamiento que se espera que rectifique con la resolución del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), aún sin fecha de publicación.