El Tribunal Constitucional (TC) ha establecido que Catalunya no puede legislar para restringir la liberalización de los horarios comerciales, pues con eso vulnera la legislación básica estatal.

El TC ha aceptado el recurso presentado por el Gobierno contra el decreto de la Generalitat sobre horarios comerciales del 2013. Este decreto fue en parte derogado por una ley posterior, también recurrida y suspendida provisionalmente por el Constitucional, en el 2014. La respuesta que hoy ha dado el TC al recurso del 2013 avanza la que dará sobre la norma posterior, según han indicado fuentes del alto tribunal.

En su resolución de hoy, que continúa la jurisprudencia ya establecida anteriormente -en otra sentencia, esta en respuesta a un recurso sobre Andalucía-, el TC limita la capacidad de las comunidades autónomas para restringir el régimen liberalizador de los horarios comerciales, establecido por la normativa promovida por el Gobierno de Mariano Rajoy.

El TC estableció en julio del 2015 la capacidad del Estado central para establecer unas directrices globales con carácter de normas básicas para fijar condiciones mínimas y comunes con respecto a los horarios comerciales.

Sobre esta base, en esta sentencia el Constitucional limita la capacidad de Catalunya para legislar en contra de la normativa estatal básica. Así, señala que la ley catalana que establece que "los establecimientos comerciales tienen que estar cerrados con carácter general los días 1 y 6 de enero, Domingo y Lunes de Pascua, 1 de mayo, 24 de junio, 11 de septiembre y 25 y 26 de diciembre" excede de las competencias de la Generalitat.

72 o 90 horas

El Gobierno recorrió en el 2014 la segunda legislación catalana de horarios comerciales, que en parte derogó la del 2013, al considerar que vulnera la legislación estatal al establecer un régimen horario "más restrictivo".

Según el Gobierno, el máximo horario semanal de apertura comercial establecido por la Generalitat, que es de 72 horas, es ilegal, pues restringe las 90 horas mínimas previstas por la norma estatal. La doctrina establecida en sentencias como la de hoy señala la respuesta que dará el TC a esta cuestión.