Al PSOE se le agotan las posibilidades para recuperar el diputado de la Comunidad de Madrid que perdió después del recuento del voto exterior (CERA) el 23-J. El Tribunal Supremo (TS) ha rechazado este viernes al mediodía la petición del PSOE para revisar unos 30.000 votos nulos de las pasadas elecciones del 23 de julio a la circunscripción única de Madrid al considerar que "la simple diferencia numérica en los resultados que se aducen en este caso [1.200 votos] no es base suficiente para la revisión". Con esta decisión, Pedro Sánchez necesita el sí de Junts en primera ronda en caso de que fracase la investidura de Alberto Núñez Feijóo y acabe optando a la reelección.

En la sentencia emitida este viernes y después de consultar jurisprudencia y la doctrina del Tribunal Constitucional (TC), la Sala de Vacaciones del TS cree que la solicitud del PSOE no cumple con los requisitos para el recuento y considera que los socialistas no han aportado "datos aritméticos o cálculos estadísticos que permitan verificar, ni siquiera hipotéticamente, la relevancia de la revisión de voto al resultado final y en la atribución del escaño controvertido". En más, el Supremo, tal y como hicieron a las juntas electorales, reprocha al PSOE que basaran la petición en "una irregularidad o vicio en el proceso electoral".

La consulta en el TS es el último eslabón de una cadena de intentos del PSOE para recuperar el escaño 16 a la Comunidad de Madrid, que dejó los resultados del 23-J en 137 para el PP y 121 para el PSOE. Con este escaño, Pedro Sánchez tendría un voto más cerca una hipotética investidura. En todo caso, la intención era que el alto tribunal revirtiera la decisión de la Junta Electoral Central (JEC) y la Junta Electoral Provincial (JEP), que rechazaron consecutivamente la petición del PSOE. Primero la JEC denegó recontar todas las papeletas declaradas nulas en 7.118 meses electorales de Madrid porque no existía "motivo" ni "indicio de irregularidad" que justificara la acción requerida. "La parte recurrente [PSOE] no invoca ninguna irregularidad en la realización del escrutinio que pueda justificar la repetición [del recuento]", afirmaba el texto del órgano electoral. De esta manera la JEC se negaba a repetir el escrutinio general hecho por la JEP.

La JEP solo veía una "especulación"

La JEC abrazó la tesis de la JEP, que el 30 de julio ya rechazó una primera petición del PSOE de revisar los cerca de 30.000 votos nulos de las elecciones generales al considerar que no existía "motivo sobre posibles irregularidades". Asimismo, el organismo afirmó al escrito de desestimación que la solicitud de los socialistas se centraba "únicamente" en "la especulación infundada que es posible que la reducida ventaja del partido ganador del último escaño se pudiera revertir a favor del solicitante". A pesar de la negativa, el PSOE no se dio por vencido y remitió la solicitud a la JEC.