No habrá revisión del escaño número 16 en la Comunidad de Madrid y Pedro Sánchez continúa supeditado a los votos positivos de Junts per Catalunya en una hipotética investidura. La Junta Electoral Central (JEC) ha hecho caso omiso a la petición del PSOE, que se había aferrado a la posibilidad de recuperar un diputado en la circunscripción de Madrid tras perderlo a raíz del recuento del voto CERA (voto en el extranjero), en beneficio del Partido Popular. De este modo, la JEC ha mantenido este lunes la decisión de la Junta Electoral Provincial de Madrid, que desestimó la solicitud de los socialistas y tomó la decisión de no revisar los cerca de 30.000 votos nulos que se registraron en la Comunidad de Madrid en las elecciones generales del 23 de julio.

Era una de las cartas que tenían los socialistas para recuperar el diputado perdido durante el recuento del voto extranjero en la Comunidad de Madrid y que movió ligeramente el marcador final a favor del PP: 137 diputados populares y 121 socialistas. Las cosas quedan igual y Pedro Sánchez mantiene la dependencia del sí de los siete representantes de Junts si quiere repetir como presidente del Gobierno. En una resolución difundida este lunes por la tarde, la JEC ha vuelto a denegar la petición del PSOE de revisar todas las papeletas declaradas nulas en 7.118 mesas electorales de la circunscripción de Madrid. "La parte recurrente no invoca ninguna irregularidad en la realización del escrutinio que pueda justificar la repetición [del recuento]", afirma el texto del órgano electoral.

"Sin motivo o indicio de irregularidad" alegado por el recurso del PSOE, la JEC sentencia que no se puede repetir el escrutinio general efectuado por la Junta Electoral Provincial de Madrid. Así, justifica, la queja "persigue convertir la Junta Electoral Provincial en una mesa de revisión universal de todos los votos declarados nulos por todas las mesas, sin aducir una irregularidad concreta que justifique este examen". Dicho de otra manera, la JEP no puede revisar los votos nulos porque sí, sin una sospecha aparente y mínimamente sólida.

En conclusión, en opinión de la JEC, el PSOE "se limita a invocar su derecho a revisar el voto nulo indicando la proximidad en el número de votos necesarios para modificar la distribución de escaños en la circunscripción de Madrid". Si se procediera tal y como reclaman los socialistas, "se impediría cumplir con los plazos legales establecidos" y podría incluso afectar a la constitución de las cámaras, prevista para el 17 de agosto, cosa que abriría otra vez un periodo de reclamaciones para las candidaturas afectadas.

La JEP solo veía una "especulación"

La JEC abraza la tesis de la JEP, que el 30 de julio ya rechazó una primera petición del PSOE de revisar los cerca de 30.000 votos nulos de las elecciones generales al considerar que no existía "motivo sobre posibles irregularidades". Asimismo, el organismo afirmó en el escrito de desestimación que la solicitud de los socialistas se centraba "únicamente" en "la especulación infundada de que es posible que la reducida ventaja del partido ganador del último escaño se pudiera revertir a favor del solicitante". A pesar de la negativa, el PSOE no se dio por vencido y remitió la solicitud a la JEC, que ahora le ha dado calabazas.