La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo se ha declarado competente para juzgar al diputado de ERC en el Congreso, Joan Josep Nuet, por un supuesto delito de desobediencia, y retornar las actuaciones judiciales al trámite de calificación, dando traslado a la Fiscalía para “ajustar” la calificación del delito. El tribunal explica que la competencia debe ser para el Supremo porqué Nuet tiene la condición de parlamentario del Congreso de los Diputados, por lo tanto es aforado.
En su auto, el Supremo, rechaza que la competencia deba mantenerse en el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), tal y como reclamaba Nuet. El diputado de ERC alegaba que un acuerdo de la Sala Segunda del Supremo, establece que en las causas con aforados, la apertura del juicio oral constituye el momento en el que la causa queda definitivamente fijada la competencia del Tribunal, en su caso el TSJC, aunque con posterioridad se haya perdido la condición de aforado, ya que no es diputado en el Parlament.
La causa contra Nuet se inició en el Tribunal Supremo, aunque después se acordó desgajar enviarla al TSJC junto a las de otros miembros de la Mesa del Parlament. A su vez, el TSJC volvió a enviar al Supremo una exposición razonada el pasado diciembre para que se hiciera cargo del enjuiciamiento de Nuet una vez que fue elegido diputado en el Congreso.
Nuet está acusado de un delito de desobediencia grave por haber votado como miembro de la Mesa del Parlament a favor de la tramitación de diversas iniciativas parlamentarias, a pesar de las advertencias del Tribunal Constitucional para que se abstuviera de hacerlo.