El Tribunal Supremo reconoce el derecho del juez Santi Vidal a reintegrarse a la carrera judicial.

La Sala de lo Contencioso-administrativo ha reconocido el derecho de Santi Vidal a volver a hacer de juez. Vidal recurrió amparándose en una sentencia del 13 de diciembre de 2018, que declara la inconstitucionalidad del artículo 367.1 de la Ley orgánica del poder judicial (LOPJ) en el cual se basó el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) para denegarle la vuelta a la carrera por falta de aptitud, después cumplir los tres años de suspensión por una falta muy grave.

El tribunal ha estimado de manera parcial el recurso interpuesto por el juez y ha anulado el acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), de 8 de marzo de 2018, que le denegó el reingreso al servicio activo en la carrera judicial una vez cumplida la sanción de suspensión de funciones y retribuciones por tres años que le fue impuesta por una falta muy grave. El CGPJ justificó su negativa basándose en lo que establece el artículo 367.1 de la LOPJ, la falta de aptitud.

La Sala reconoce el derecho del recurrente a reingresar a la carrera pero hace que vuelva a concursar para tener plaza. También le reconoce el derecho cobrar todo el dinero que ha dejado de ingresar durante los tres años de expulsión.

 

Santi Vidal está procesado por el juzgado de instrucción 13 de Barcelona por las declaraciones que hizo sobre la Hacienda catalana y los datos que se habían utilitzado de los contribuyentes.

Él fue el epicentro de la investigación de la causa general contra el independentismo que tiene varios frentes judiciales, entre ellos el juicio que se está llevando a cabo estos días en el Tribunal Supremo.