El artículo 24 del Reglamento del Parlamento establece los supuestos por los cuales un diputado pierde su condición de parlamentario: su defunción, que él mismo renuncie, que se acabe la legislatura o que haya una sentencia firme. Ninguna de estas causas afectan a Quim Torra, cuando menos, todavía. Es el argumento principal que esgrime el presidente del Parlament para ignorar la orden de la Junta Electoral Central de apartar al president de su escaño. "Sigue siendo diputado de pleno derecho". La cámara inicia ahora una serie de trámites jurídicos para recurrir la decisión.

Tanto Roger Torrent como su equipo consideran, como Torra y su entorno, que la Junta Electoral Central no tiene competencias, en ningún caso, para expulsar a un diputado que ha tomado posesión del cargo. Así lo ha explicado públicamente en una comparecencia ante los medios de comunicación, una vez conocido el veredicto del Tribunal Supremo de rechazar la petición de Torra para que ignorara la decisión de la JEC para inhabilitarlo. "No concurre ninguno de los supuestos que plantea el Reglamento del Parlament", ha manifestado Torrent, "la JEC no es un órgano competente para retirar el acta de diputado a nadie".

Entre hoy y el lunes se prevé que la Junta Electoral de Barcelona comunique al Parlament la ejecución de la resolución de la JEC, declarando vacante el escaño de Torra y designando la siguiente en la lista de JxCat, Ferran Mascarell. En cualquier caso, Torrent garantiza que el president seguirá siendo diputado y que como tal podrá votar en el próximo pleno -que se celebra el 22 de enero. En este sentido, se ha comprometido a mantenerse "firme en la necesidad defender los derechos fundamentales" sean cuales sean las posibles consecuencias penales. Durante su intervención ha aprovechado para defender "la vía del diálogo y la negociación" que ha emprendido ERC, proque "ningún tribunal resolverá el conflicto, lo hará la política". El próximo martes los servicios jurídicos de la cámara presentarán oficialmente un recurso al Tribunal Supremo contra la inhabilitación de Torra, recogiendo todos los argumentos expuestos anteriormente. Fuentes próximas a Torrent aseguran que "aguantarán la posición".

¿Puede ser president sin ser diputado?

A mediados de diciembre, el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya condenó al president de la Generalitat a un año y medio de inhabilitación por no haber sacado la pancarta para la libertad de los presos independentistas en el plazo que le marcaba la JEC. Aquella sentencia no es firme, porque está pendiente de un recurso al Tribunal Supremo que ni siquiera se ha presentado todavía. Eso significa que todavía no hay que aplicar la inhabilitación, porque cabe la posibilidad de que el alto tribunal modifique la pena.

Como este pronunciamiento definitivo puede tardar meses en llegar, Cs y el PP activaron un camino exprés para destituir Torra a través de la Junta Electoral. Lo hicieron alegando que se trata de una "causa de inelegibilidad sobrevenida". La JEC ha comprado el argumento y ha ordenado que se declare vacante el escaño que ocupa Torra. Con todo, deja en manos del Parlament la decisión final sobre si puede seguir o no ejerciendo el cargo de president de la Generalitat. A partir de aquí se abren dos frentes.

El uno, si tratándose de un órgano administrativo, la JEC puede decidir apartar a un diputado electo del Parlament. Roger Torrent, así como JxCat, ERC, la CUP y los comunes defienden que no. La otra cuestión es si en caso de que acabara perdiendo la condición de diputado, podría seguir siendo president. Aquí, incluso miembros del PSC reconocen en privado, y en línea con lo que consideran los independentistas y los comunes, que no habría inconveniente. Y es que lo único que dice la ley es que para ser investido president hay que ser diputado. En ningún lugar dice, en cambio, que haya que mantener el escaño para seguir en el cargo.

Por lo tanto, según defiende la mayoría de la cámara, el único escenario que podría poner en cuestión la continuidad de Torra como president es una resolución definitiva del Tribunal Supremo confirmando la condena de inhabilitación que dictó el TSJC como resultado del juicio por la pancarta.