El rey Felipe VI tendrá que nombrar a Carles Puigdemont president de la Generalitat en caso de que se consiga sacar adelante la investidura. Así lo establece la Constitución en el artículo 152, donde se deja claro también que el president ostentará la representación ordinaria del Estado en el territorio de Catalunya.

Este precepto, que habitualmente se convierte en un simple trámite para la ratificación del president investido por el Parlament, adquiere especial significación en esta ocasión.

No obstante, el Rey no tendrá más remedio que dar cumplimiento al artículo de la Constitución. Esto siempre y cuando las fuerzas independentistas consigan encontrar una fórmula para hacer efectiva la investidura.

En este caso, la única posibilidad que tendría el monarca de evitar verse obligado a ratificar el nombramiento sería, según fuentes parlamentarias, una impugnación de la investidura por parte del Gobierno ante el Tribunal Constitucional, con todo lo que esta iniciativa comportaría después de que fuera el presidente español, Mariano Rajoy, quien convocó los comicios que han ratificado la mayoría independentista.

El Parlament se constituirá el miércoles de la próxima semana, después de que Rajoy fijara el pleno para el día 17 de enero invocando el artículo 155 de la Constitución. Diez días después se tendrá que celebrar el pleno de investidura.

Ayer por la noche, el president en funciones se reunió con la secretaria general de ERC, Marta Rovira, y acordaron tanto la constitución de la Mesa con mayoría independentista y bajo la presidencia de ERC, como la posterior investidura de Puigdemont. Sin embargo, no se ha concretado la manera cómo se llevará a cabo, por videoconferencia o bien por delegación de la intervención, y los republicanos han dejado claro que no están dispuestos a forzar el reglamento de la Cámara.