PL Constitució Celdoni dins

Una vez suspendida la resolución de ruptura del Parlament catalán por parte del Tribunal Constitucional, queda prohibido hacer cualquier trámite bajo su amparo. En caso de que el Parlament o el Govern catalán no respetaran la decisión del TC, podrían ser castigados y la dureza de las medidas aumentaría en función del contenido y número de infracciones.

Uno de los puntos más delicados de la resolución es el quinto, sobre la tramitación de las leyes de proceso constituyente, de la Seguridad Social y de Hacienda Pública. Si estas leyes se tiraran adelante, se podrían aplicar multas y suspender de sus funciones a los responsables últimos.

Estos castigos irían dirigidos al president de la Generalitat, a la presidenta del Parlament o a los consellers, entre otros cargos, pero no a los diputados. Las multas rondarían entre los 3.000€ y 30.000€. En caso de dictar legislación sobre la recaudación de impuestos como el IRPF, las acusaciones podrían agravarse con los delitos de desobediencia o de usurpación indebida, ya que fijar impuestos es competencia exclusiva del Estado español.

Artículo 155 de la Constitución

Si no se diera marcha atrás en lo legislado al amparo de la resolución, se llegaría el último recurso: el artículo 155 de la Constitución. Por esta vía, se podrían suspender competencias del Govern y órganos como el Parlament pero, según expertos consultados por El Nacional, difícilmente se podría eliminar la autonomía como tal porque está contemplada en la parte orgánica de la Constitución, que tiene preeminencia sobre el resto de artículos de la carta magna como el 155. Los órganos suspendidos pasarían a depender del Gobierno español y recibirían órdenes para hacer cumplir las leyes y reparar el incumplimiento.

Un hecho entorpecería la aplicación de este artículo: el Senado es indispensable para sacarlo adelante y, ahora mismo, está disuelto hasta que se forme un nuevo gobierno después del 20D. La única salida sería aprobar su aplicación a través de la Diputación Permanente, vía poco legítima, ya que este órgano sólo está pensado para mantener la continuidad legislativa con medidas poco sustanciales. Obviamente, no sería el caso.

Lee la providencia del TC