El president Carles Puigdemont ha convocado para este jueves, a las 12 del mediodía, una reunión de la Junta de Seguridad de Catalunya "de carácter extraordinario y or razones de urgencia".

El Govern convoca la reunión en virtud del artículo 164.4 del Estatuto y con un único punto en el orden del día, la "coordinación de la actuación de las fuerzas y cuerpos de Seguridad del Estado y de Catalunya con motivo de la jornada del referéndum de autodeterminación del próximo 1 de octubre ". El ministerio del Interior ha expresado su intención de asistir, aunque no ha confirmado si irá el ministro Zoido.

La convocatoria de Puigdemont llega después de que el conseller de l'Interior, Joaquim Forn, haya exigido esta mañana en RAC 1 que "cualquier decisión que se tenga que tomar" sea determinada por la Junta de Seguridad. Forn lo ha afirmado tras ver las últimas decisiones de la Fiscalía para impedir la convocatoria del próximo domingo.

Esta mañana, además, el conseller de l'Interior, Joaquim Forn, ha exigido en RAC1 que "cualquier decisión que se tenga que tomar" sea determinada por la Junta de Seguridad. Forn lo ha afirmado tras ver las últimas decisiones de la Fiscalía para impedir la convocatoria del próximo domingo.

La Junta de Seguridad de Catalunya es un organismo compuesto, a partes iguales, entre la Generalitat y el Estado y está presidida por el president de la Generalitat. Por lo que a la parte catalana se refiere, acuden el conseller d'Interior, el secretario general del Departament d'Interior, el director general de la Policía y la persona titular de la Asesoría Jurídica del Departament d'Interior.

Atribuciones estatutarias

La convocatoria de la Junta de Seguridad, que puede entrar en colisión con la decisión del Gobierno español de imponer al coronel de la Guardia Civil Diego Pérez de los Cobos como encargado de coordinar el operativo policial, se fundamenta en el artículo 164 del Estatuto de Catalunya, que delimita las atribuciones de los Mossos y de la misma Junta de Seguridad.

En concreto, el Estatuto especifica que corresponde a la Generalitat "la planificación y regulación del sistema de seguridad pública de Catalunya", además del "mando supremo de la Policía de la Generalitat - Mossos d'Esquadra y la coordinación de la actuación de las policías locales ".

Además, se aclara que corresponde también al Govern "las funciones gubernativas sobre el ejercicio de los derechos de reunión y manifestación", derechos que precisamente podrían ser conculcados el 1 de octubre si se impide la votación.

En cuanto la Junta de Seguridad, que Puigdemont convocó el pasado julio tras nueve años, a pesar de las reticencias del Gobierno español, se especifica que este órgano paritario sirve para la "coordinación de las políticas de seguridad y de la actividad los cuerpos policiales del Estado y de Cataluña ", argumentos suficientemente sólidos para rechazar la coordinación impuesta de manera unilateral de un coronel de la Guardia Civil.