La junta de tratamiento del Centro Penitenciario Brians 2 ha propuesto el segundo grado para el expresidente del Palau de la Música, Fèlix Millet, y su número dos, Jordi Montull. Por otra parte, la junta ha propuesto el tercer grado restringido al extesorero de Convergència Democràtica de Catalunya (CDC), Daniel Osàcar, que quiere decir que no podrá salir cada día de la prisión.

La Secretaría de Medidas Penales, Reinserción y Atención a la Víctima informa de que, después de esta primera valoración del caso, la ley prevé un plazo máximo de dos meses de observación para que los equipos estudien el caso y la junta acuerde una propuesta. Los tres condenados estan en la prisión de Can Brians desde finales de junio de este año. Millet está por una pena 8 años y 20 meses, Montull de 6 años y 8 meses y Osàcar de 3 años y 6 meses por el caso Palau.

El caso Palau

El 23 de julio del 2009, los Mossos d'Esquadra entraron en el Palau de la Música en la investigación de las cuentas de la institución. La sentencia, 8 años más tarde, condenaba y confirmaba el fraude: Fèlix Millet y Jordi Montull, condenados a 9 años y 8 meses de prisión y a 7 años y 6 meses, respectivamente. Además, multa para Millet de 4.120.540 euros por blanqueo de capitales y delito contra la Hacienda pública. Y Montull, 2.998.284 euros.

Además de la multa, Millet y Montull tienen que devolver el dinero que se quedaron al Consorcio del Palau de la Música, la asociación Orfeó Català y a la fundación Orfeó Català-Palau de la Música, en total 23 millones de euros. También tienen que pagar a Hacienda 677.904 euros. I CDC fue condenada a pagar las ganancias que obtuvo de toda la expoliación, que están valoradas en 6.676.105 euros. Su extesorero, Daniel Osàcar, ha sido condenado a 4 años y 5 meses de prisión y a una multa de 3.796.555 euros.

La Generalitat se persona en la causa del 3%

El president de la Generalitat, Quim Torra, pidió el 11 de agosto al director del gabinete jurídico de la Generalitat, Francesc Esteve, que la Generalitat se persone en la causa del 3% para poder acceder a la instrucción del caso y al sumario. Este primer paso de comparecer es del todo necesario para que los servicios jurídicos de la Generalitat puedan hacer un análisis del material incorporado a la causa y evaluar si puede haber perjuicio patrimonial a la Generalitat.

La Generalitat se tiene que personar para conocer el material y lo hace en calidad de acusación particular por si después de hacer el análisis se considerara que ha sido perjudicada. En caso de que de un análisis de las diligencias practicadas, se desprenda que ha habido un perjuicio por la Generalitat, se formulará escrito de acusación.

 

Imagen principal: El expresidente del Palau de la Música, Fèlix Millet. / ACN