La decisión de la JEC de esta tarde que da permiso al candidato de ERC al 28-A, Oriol Junqueras, para participar en una rueda de prensa a la Agencia Catalana de Noticias por videoconferencia, le prohíbe, a la vez, participar en debates y entrevistas que se celebrarán los días 18, 24 y 25 de abril.

Esta prohibición, sin embargo, no ha gustado a todos los miembros de la Junta Electoral Central, hasta el punto que dos de ellos han querido emitir un voto particular para mostrar su desacuerdo. Uno es el propio presidente de la JEC, Segundo Menéndez Pérez (a la foto), y la otra, la jurista Inés Olaizola Nogales, vocal de la Junta.

 

Los dos hacen patente su "discrepancia" con el resto de la JEC. Argumentan que para limitar el ejercicio de un derecho fundamental hacen falta unas razones tan "detalladas y precisas" que no dejen margen a duda. En cambio, se quejan, los informes que recibieron del Secretario General de Instituciones Penitenciarias, y que han servido para justificar la decisión de la JEC, no tienen "una mínima concreción" sobre algunas cuestiones básicas.

Informes sin "una mínima concreción"

Denuncian que se han elaborado los informes sin saber ni tan solo la duración de los debates solicitados, cosa que se tendría que haber aclarado antes de tomar ninguna decisión. El informe de Instituciones Penitenciarias tampoco explica cuáles son las actividades que se tienen que llevar a cabo en la prisión coincidiendo con el horario de los debates y si estas serían "ciertamente incompatibles" con el permiso para Junqueras.

Los dos miembros de la JEC también cargan contra la falta de concreción sobre las reservas y condiciones de las salas de videoconferencia y de llamadas desde donde Junqueras podría participar en los debates. "Mencionan la reserva programada de las dos salas previstas para conexión telefónica; pero también, y otra vez, sin el más mínimo detalle", señalan.

Finalmente, también desmontan el argumento de que los debates podrían coincidir con el juicio en el Tribunal Supremo. Consideran que, aunque esta circunstancia dejaría automáticamente sin efecto la autorización de la JEC, este no es motivo para rechazar la solicitud de Junqueras.