La reforma del Reglamento del Congreso que tiene que permitir expulsar de la Cámara Baja a los agitadores ultras que están acreditados como periodistas y que boicotean las ruedas de prensa y torpedean el trabajo de los profesionales de los medios de comunicación continúa avanzando en la Carrera de San Jerónimo. Después de que el pleno tumbara las enmiendas a la totalidad del PP y Vox, que son los únicos que cobijan a los agitadores, el lunes la iniciativa superó el filtro de la ponencia y el jueves se discutirá en la Comisión del Reglamento. Asimismo, los letrados han emitido su informe con recomendaciones para mejorar y blindar el texto y la Mesa de la comisión, controlada por el PSOE y Sumar, ha vetado algunas de las enmiendas del PP. La previsión es que el texto reciba luz verde definitiva en el pleno del próximo martes.

📝 PP y Vox se quedan solos intentando frenar la reforma para poder expulsar a los agitadores ultras del Congreso

📝 Los periodistas del Congreso se plantan contra el boicot de agitadores ultras en las ruedas de prensa

 

“La regulación del ejercicio de la actividad periodística en la sede del Congreso en aras de un desarrollo ordenado de las actividades noticiables puede considerarse un fin constitucionalmente amparado [por la Constitución]”, concluye el informe de los letrados, al que ha tenido acceso ElNacional.cat. “La reforma se plantea como una necesidad para defender la libertad de información de todos los representantes de los medios de comunicación que prestan sus servicios en la Cámara”, reconocen.

Los letrados piden a la Mesa que evite “ningún nivel de indeterminación” y que haga una “aplicación restrictiva del procedimiento sancionador”

En el capítulo de mejoras sugeridas, los letrados consideran que sería “positivo” que la Mesa del Congreso “precisara el significado de los términos que así lo requieran” para “evitar que exista ningún nivel de indeterminación que genere inseguridad jurídica” a los destinatarios del Reglamento. “Siendo evidente que un precepto reglamentario que establece un catálogo de conductas sancionables no puede anticipar todos y cada uno de los posibles escenarios que pueden generarse en el seno de una rueda de prensa, resultaría oportuno que la Mesa, a la vista de la experiencia, pudiera colmar las posibles lagunas e ir actualizando la forma de aplicar este precepto para dar un cumplimiento pleno al principio de legalidad”, esgrimen.

“El cumplimiento del principio de proporcionalidad requiere de una aplicación restrictiva del procedimiento sancionador, que evite reprender conductas en las que no resulte patente que el representante del medio de comunicación está incumpliendo los cánones de conducta exigibles a las personas acreditadas en la Cámara”, avisan. “Se reitera la necesidad de que los acuerdos que adopte la Mesa en desarrollo de este precepto sean claros y aporten previsibilidad”, insisten. “La determinación final de las sanciones requerirá de una ponderación de todos los bienes jurídicos en juego y en particular de la necesidad de evitar que el establecimiento de este procedimiento sancionador termine ocasionando un impacto negativo en la libertad de prensa, un valor imprescindible en cualquier Estado democrático”, apostillan.

Los jefes de prensa “no podrán condicionar” a los periodistas y no pueden ser el único testimonio en un procedimiento sancionador

Más matices. Los letrados también subrayan que hay “dos límites que no se pueden franquear” en relación con el papel de los responsables de los grupos parlamentarios. “Las instrucciones dadas [por ellos] tienen que limitarse a ordenar el funcionamiento de las ruedas de prensa y las atenciones a medios. No podrán tratar de condicionar de ninguna forma la conducta de los representantes de los medios de comunicación, pues podría afectar negativamente al contenido de la libertad de prensa”, recalcan. “Estas instrucciones deben limitarse a determinar qué periodista puede hacer uso de la palabra y por qué orden”, que es su función actual y es, precisamente, lo que los agitadores ultras no respetan.

Por otro lado, la prueba en el procedimiento sancionador “no puede venir determinada únicamente” por el testimonio de las personas que no sean funcionarios públicos, así que la “simple denuncia formulada por un grupо parlamentario o el personal adscrito no puede ser medio de prueba suficiente para justificar la imposición de una sanción”, sino que será “necesaria la concurrencia de otros medios probatorios”, como un vídeo, para poder imponer una sanción. Finalmente, los letrados proponen añadir un precepto que introduzca un régimen de prescripción para las infracciones y las sanciones que vaya de los seis meses (para las muy graves) hasta el mes (para las leves).

El PP denuncia el “gran atropello” de la Mesa de la Comisión del Reglamento por inadmitir la mayoría de sus enmiendas

Por otro lado, el PSOE y Sumar han aprovechado su mayoría en la Mesa de la Comisión del Reglamento para evitar que se debatan y voten algunas enmiendas que había presentado el PP y que tenían visos de prosperar con el apoyo de algunos de los socios habituales de los socialistas. Por ejemplo, para limitar las prórrogas de plazos de enmiendas, que es la vía que usa la Mesa para obstaculizar leyes que no cuentan con el beneplácito del Gobierno, o para fijar la obligatoriedad de celebrar el debate sobre política general todos los años que no haya elecciones. La Mesa de la comisión les frenó el paso aduciendo que no tenían conexión con las reformas en tramitación. Ahora bien, eran cambios a algunos artículos del Reglamento en una iniciativa que únicamente modifica el propio Reglamento. El PP lo tilda de “grave atropello” y “arbitrariedad” y subraya que los letrados no proponían la inadmisión de ninguna enmienda.

“En ningún caso, la Mesa puede alegar que las enmiendas al articulado carecen de la conexión material u homogeneidad mínima entre la iniciativa legislativa y las enmiendas presentadas”, contesta el PP en un escrito registrado en la Cámara Baja para solicitar la reconsideración de la decisión. “Si enmendar el mismo artículo de la misma ley que se reforma es una enmienda intrusa, a partir de ahora la Mesa tiene un margen de discrecionalidad tan alto que permitiría borrar del trámite del debate parlamentario la inmensa mayoría de enmiendas que se registran”, denuncian los populares. Asimismo, recuerdan sentencias del Tribunal Constitucional que concluyen que “solo cuando sea evidente y manifiesto que no existe tal conexión deberá rechazarse la enmienda”. “Probablemente, lo que le pasa a Francina Armengol [presidenta del Congreso] es que tenga miedo de que esas enmiendas salgan adelante si se votan. Así concibe el sanchismo nuestra democracia, cuando ven que pueden perder no permiten que se debaten y que se vote”, ha denunciado la portavoz del PP en el Congreso, Ester Muñoz, en rueda de prensa.

Los “numerosísimos precedentes” de la admisión de enmiendas “sin la más mínima conexión”

“Únicamente una interpretación sesgada y con ánimo partidista puede mover a la mayoría de los miembros de la Mesa a tomar una decisión no ajustada a derecho que comporta una gravísima violación del derecho de enmienda de los diputados de este grupo parlamentario”, denuncian desde el PP. Los populares también querían reglamentar el acto de juramento o promesa de la Constitución para evitar añadidos al mismo, una fórmula que acostumbran a usar los diputados independentistas, querían dejar por escrito que los jueces no puedan ser llamados a comparecer en comisiones sobre materias que hayan tenido conocimiento en ejercicio de funciones y querían introducir la posibilidad de solicitar informes a órganos consultivos en proposición de ley de grupos parlamentarios (como la ley de amnistía).

Finalmente, el PP recuerda los “numerosísimos precedentes” de la admisión de enmiendas “claramente heterogéneos y sin la más mínima conexión” con el texto a enmendar en los que la Mesa que ahora “impone de forma autoritaria un criterio abiertamente antirreglamentario” avalaba su admisión por unas homogeneidades “absurdas e irracionales”. Por ejemplo, en la ley de paridad se aceptó una enmienda que suprimía el veto del Senado al techo de gasto y una que permitía la asistencia de ministros franceses en el Consejo de Ministros y en la ley de eficiencia de la justicia, una para supeditar el derecho a la subvención por envíos electorales a la constitución de un grupo parlamentario.