La convocatoria de elecciones suele ser un quebradero de cabeza para aquellos que viven en el extranjero. De hecho son muchos los que no pueden ejercer su derecho al voto por el retraso con en el llega la documentación electoral. Esta vez, sin embargo, los trámites se reducirán.

En las elecciones generales del 10-N, los residentes en el extranjero que solicitaron el voto por correo en los comicios del 28 de abril y siguen inscritos en el censo de residentes-ausentes no tendrán que volver a hacerlo. La solicitud por|para el 28-A sigue siendo válida.

Esta es una de las consecuencias de la reforma de la Ley Electoral que el Congreso de los Diputados aprobó en el 2016 para casos de convocatoria automática de elecciones, después de la repetición electoral que provocó la no investidura del popular Mariano Rajoy.

Campaña más corta

Según esta reforma, la campaña electoral durará sólo ocho días en lugar de quince. Así pues, empezará el 1 de noviembre. La duración del proceso electoral se reduce una semana, de 54 días en 47. De esta manera, también se aceleran los plazos previstos para presentar candidaturas. La reforma legislativa recorta un 30% la cantidad que reciben del Estado, en función de los votos y escaños de cada candidatura, las formaciones para actividades electorales.

Además, también rebaja un 50% el tope que pueden gastar los partidos en gastos electorales. También se reduce a la mitad la distribución del tiempo gratuito de propaganda electoral que tienen las formaciones a los medios de titularidad pública.