El informe de la Fiscalía del Tribunal Supremo rechaza la causa contra Carles Puigdemont por el caso Tsunami Democràtic, pero no se limita a dar por cerrado el tema. En sus conclusiones, la teniente fiscal, María Ángeles Sánchez Conde, solicita devolver el caso al juzgado de instrucción número 6 de la Audiencia Nacional, cuyo titular es Manuel García-Castellón, con el objetivo "de agotar la investigación". Es decir, que a pesar de considerar que "en este momento procesal" no existen indicios que permitan vincular al president y al también aforado Ruben Wagensberg con la fundación o planificación de las acciones de Tsunami, la fiscal no da un carpetazo a la causa por terrorismo contra ellos, sino que considera que la investigación efectuada hasta ahora ha sido insuficiente y hay que continuarla.

García-Castellón mandó a finales de noviembre al Tribunal Supremo una exposición razonada para que se investigara por terrorismo a una docena de personas, entre las cuales, el president Carles Puigdemont y la secretaria general de ERC, Marta Rovira, en la causa de Tsunami Democràtic. El magistrado argumentaba que la investigación requería diligencias que no podía practicar, ya que tanto Puigdemont, actualmente eurodiputado, como Ruben Wagensberg, diputado del Parlament y secretario cuarto de la Mesa, son aforados.

Investigación insuficiente

Precisamente, la falta de estas diligencias es uno de los fundamentos de la respuesta de la teniente fiscal. El informe de Sánchez Conde advierte de que la exposición razonada del juez instructor "no ha venido precedida de una investigación suficiente para tener por acreditado que Tsunami Democràtic fue una organización estructurada, jerarquizada, con vocación de permanencia, dirigida por varias personas con roles diversos que extendían su ámbito de actuación a parcelas determinadas y con otras personas a su cargo, cuya finalidad esencial era subvertir el orden constitucional, desestabilizar económica y políticamente el Estado, y alterar gravemente el orden público mediante la movilización masiva".

En el texto, se subraya que en el auto del 6 de noviembre, en el que se abría la investigación por terrorismo del caso Tsunami, García-Castellón acordó "la práctica de multitud de diligencias" para poder determinar la naturaleza de los hechos y la intervención de los investigados. No obstante, estas diligencias no se han practicado, por lo cual el juez insiste en su exposición razonada dirigida al Supremo en la necesidad de "tomar declaración a los investigados y a otros testigos para desentrañar la naturaleza y la estructura de la organización".

Todo ello supone, en opinión del ministerio fiscal, una "enorme dificultad" para concluir la relación existente entre los hechos; además impide dividir la causa para que se investigue en tribunales diferentes, dado que ello podría desembocar en un conocimiento incompleto de lo que pasó y la posibilidad de sentencias contradictorias.

"Ante esto, parece aconsejable analizar los indicios que se afirman existentes respecto de la intervención de cada uno de los aforados en los hechos para decidir si, al menos respecto de ellos, la Sala Segunda del Tribunal Supremo debe asumir la competencia", añade.

Sin dudas sobre la naturaleza delictiva

Para reforzar esta propuesta, el propio informe elimina cualquier duda sobre la naturaleza de Tsunami. "Los hechos que se imputan a la organización Tsunami Democràtic, en los cuales ambos aforados estarían integrados y participarían en su dirección de acuerdo a un reparto de tareas y papeles, sucedieron sin que pueda cuestionarse que se produjeron gravísimos incidentes con enfrentamientos con la policía de importante gravedad, produciéndose lesiones y graves daños", asegura la teniente fiscal, además de subrayar que "la naturaleza delictiva de las acciones ejecutadas bajo el paraguas o cobertura de Tsunami Democràtic no puede ser puesta en duda y ha quedado constatada en las diligencias previas".

En este sentido, señala que no se imputa a los investigados la participación directa en los hechos que se produjeron, entre los cuales, el bloqueo del Aeropuerto de Barcelona, que atribuye a "una multitud de personas que no se identifican"; ni tampoco se afirma que "incitaran o planificaran estos gravísimos incidentes".

Lo que se les imputa, destaca, es haber formado parte de Tsunami por lo que respecta a la organización, "siendo indiferente la naturaleza pluriofensiva de las acciones ejercitadas por terceros bajo la cobertura de Tsunami, aunque, es obvio, que la integración en una organización criminal implica una pluralidad de partícipes".