La jueza de instrucción 18 de Barcelona ha archivado parte de la causa contra el expresidente del Diplocat Albert Royo, investigado por la consulta del 9-N del 2014. La jueza ha hecho decaer las acusaciones de malversación por la producción de 20 vídeos que promocionaban el derecho a decidir. El total ascendía a 48.230 euros. También se atribuía a Royo los costes del viaje de ocho parlamentarios europeos por un importe de 10.000 euros.

La resolución judicial, a la cual ha tenido acceso ElNacional.cat, resalta que los servicios se hicieron a través de empresas proveedoras y que se encargaron antes de la providencia del Tribunal Constitucional del 4 de noviembre. Exactamente lo mismo sobre los viajes de los parlamentarios que pagó el Diplocat. Según recoge el auto, las reservas se hicieron antes del 3 de noviembre y están los billetes como prueba. La jueza avala que no puede haber delito de malversación en los gastos que se hicieron con anterioridad a las alertas del TC: "Con respecto al delito de malversación, ya en fase anterior al plenario, el fiscal deshizo la calificación de los hechos en este sentido con respecto a los gastos relacionados con la organización y desarrollo de la votación del día 9/11/2014, fueron comprometidos con anterioridad a la suspensión por el Tribunal Constitucional".

"La arbitrariedad de aquellos gastos no desbordaba el ilícito de la desobediencia integrando una prevaricación administrativa como delito independiente que justificaba la condena", dice la jueza cogiendo como base la sentencia del TSJC del caso del 9-N.

De hecho, es esta sentencia la que abre la puerta al archivo en el momento en que la Fiscalía quiere forzar la acusación con la presentación de los 20 vídeos como prueba. La jueza reprocha al ministerio público el cambio de criterio con respecto al mismo caso pero en juicios diferentes: "Aun siendo diferentes los hechos y las personas, una mínima coherencia obliga a examinar los hechos descritos en los parámetros de la sentencia del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya en relación a la consulta del 9-N y desde los posicionamientos que el ministerio fiscal mantuvo en el procedimiento con relación a los gastos efectuados para llevar a cabo aquella consulta, que entendió que no eran constitutivos de malversación"

"Las mismas razones tienen que aplicarse a los gastos que se atribuyen al Sr. Royo con motivo de la misma consulta del año 2014", añade el auto. La jueza también recuerda que el delito de desobediencia prescribe a los cinco años y "parece evidente que ha transcurrido en exceso este plazo desde la fecha del hecho hasta la fecha de esta incoación del presente procedimiento".

Las causas de Royo

Albert Royo fue secretario general del Diplocat entre el 2013 y el 2017, cuando fue cesado del cargo como consecuencia de la aplicación del artículo 155 de la Constitución. A partir de aquel momento quedó atrapado en una sucesión de investigaciones que se esparcen como mínimo en cuatro casos, entre el Tribunal de Cuentas y tribunales ordinarios de Barcelona. La Audiencia lo investiga, junto con una treintena de altos cargos, en el caso instruido en el juzgado número 13 sobre los preparativos del referéndum. Por el mismo caso también lo investiga el Tribunal de Cuentas.

Además, el Tribunal de Cuentas le pide también responder sobre 4,5 millones de euros vinculados con la acción exterior de la Generalitat, y la causa de este archivo, la que investiga el juzgado 18 de Barcelona con Raül Romeva y altos cargos de Exteriors.