La fiscalía ha presentado en el juzgado de vigilancia penitenciaria un escrito de oposición a un permiso que la Junta de Tratamiento de Lledoners va acuerda para el presidente de Òmnium, Jordi Cuixart, el 5 de marzo. El ministerio público argumenta que el permiso es "prematuro" y está "injustificado", porque Cuixart no asume los hechos delictivos y no está arrepentido. Además, también remarca que no se ha hecho ningún tratamiento penitenciario de acuerdo con el delito de sedición por el cual se lo condenó. La fiscalía cree que Cuixart se tiene que someter a un tratamiento que "lo ayude a comprender que para obtener las finalidad que pretende, legítimas en la generosa Constitución española, no hay otra vía que la de la modificación legislativa por las vías legales".

En el escrito, la fiscalía considera que el permiso es "prematuro" porque se otorga cuando hay un "escaso tiempo de cumplimiento en relación a la pena impuesta" y que eso "frustra en gran medida las finalidad de la pena de prevención general y especial, e incluso la rehabilitación". Según el ministerio público, el permiso "no podrá servir para la finalidad de preparar al interno "para la futura vida en libertad" y, por lo tanto, su finalidad "se desvirtúa con la concesión de permisos penitenciarios excesivamente anticipados".

 

El ministerio público también cree que "no existe un reconocimiento del delito" por parte de Cuixart. De hecho, considera que el presidente de Òmnium "hace su propia interpretación" de los hechos recogidos en la sentencia a partir de una "ley superior, el derecho moral a obedecer", que "justifica su actuación". Por eso, sostiene que Cuixart "no presenta voluntad de cambio ni de arrepentimiento" y asegura que "difícilmente se puede tener confianza en el buen uso del permiso cuando el interno no asume el delito".

La fiscalía añade que "en ningún caso se admitiría un permiso a un interno que en relación al delito cometido manifestara que lo volvería a hacer en las mismas condiciones y por las mismas vías", advirtiendo que la pena de 9 años de prisión es "propia de delitos como el homicidio, la agresión sexual con penetración o la salud pública en supuestos agravantes de tráfico de sustancias estupefacientes". "Tampoco en este supuesto se tiene que conceder el permiso", ha remachado.