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La Audiencia Nacional ha movido ficha, enviando una comisión rogatoria a las autoridades judiciales de Venezuela pidiendo información sobre 14 miembros de ETA, que al menos hasta abril de 2025, residían en este país. Una de estas personas es Iñaki de Juana Chaos, que fue condenado a más de tres mil años de prisión por su implicación en 25 asesinatos y que se encuentra en libertad desde el año 2008. El juez de la Audiencia Nacional pide así información sobre la vinculación o pertenencia al colectivo de refugiados de la organización, tareas de enlace y también qué grado de responsabilidad tienen dentro de esta organización. Aparte de De Juana Chaos, también piden información sobre José Luis Eciolaza Galán, alias Dienteputo; Eugenio Barrutiabengoa Zabarte, Arbe, y su pareja, María Artola Echeverría; Ángel María Lizarbe Oses, Luis María Olalde Quintela, Txistu; José Ángel Uriz Zabaleta, Arturo Cubillas Fontan, Javier Urruti Imaz, Asunción Arana Altuna, Olivia; Juan José Aristizábal Cortejarena, Manuel Asier Guridi Zaloña, Gari; Jesús María Huerta Fernández e Ignacio Echevarría Lanzábal.

En esta petición, que se envió a mediados de mayo y ha sido adelantada por El País, el magistrado Francisco de Jorge defiende que ha tomado esta decisión después del “cambio político operado recientemente en Venezuela”, considerando que este, con Nicolás Maduro capturado por el Ejército de los Estados Unidos y encarcelado en Nueva York y con Delcy Rodríguez como presidenta encargada. Así, considera que el nuevo contexto permitirá una “colaboración” para localizar a esta quincena de miembros de ETA que se encontraban en el país y que tienen pendientes reclamaciones judiciales en el Estado español por atentados que cometieron. Esta petición del juez de la Audiencia Nacional nace de la demanda de la organización Dignidad y Justicia, que centra su labor en la defensa de las víctimas del terrorismo y en la lucha contra la banda en los tribunales y que ejerce como acusación popular.

Fuera del alcance de la justicia española

En el texto, el juez recuerda que la Fiscalía y la primera querella consideraban que el colectivo de refugiados de ETA tenía una “dependencia orgánica de la dirección de la banda criminal, que, a través de su estructura, hacía un seguimiento, les daba asistencia jurídica y económica y controlaba a sus miembros”. Así, según De Jorge, “no resulta desproporcionado considerar útil la investigación que se propone la acción popular, cuando consta justificado y documentado en el escrito que las personas a las que se hace referencia habrían formado parte de la organización criminal y se encuentran alojados, algunos fuera del alcance de la justicia española, en territorio venezolano”.