Oriol Junqueras y Raül Romeva han recusado a los doce magistrados del Tribunal Constitucional por supuesta falta de imparcialidad. Los dos líderes independentistas han acusado al tribunal de ser "parcial" porque todos sus miembros han participado en decisiones sobre el procés. Los posicionamientos a los que se hace referencia son tanto la invalidación de decretos, leyes y resoluciones vinculadas al procés; la investigación por desobediencia de los líderes independentistas, y la admisión a trámite por parte del TC de algunos recursos de los soberanistas, que consideran que se habría hecho como maniobra para no "internacionalizar" la causa.

Esta recusación por parte de Junqueras y Romeva llega antes de que el tribunal tenga que revisar el recurso de amparo que presentaron el 13 de marzo. Los dos dirigentes piden al TC que anule la sentencia del Supremo y que los deje en libertad de forma inmediata.

En su recurso, Junqueras y Romeva piden la recusación de los miembros del TC o bien que los propios magistrados se abstengan "en caso de que entiendan que por convicción personal su ideología podría empañar la tarea de decisión que les compete".

Recusar personas concretas por motivos concretos

Remarcan que el Supremo ha considerado que, aunque no existe la posibilidad de recusar el órgano en sí mismo, sí que se puede recusar a las personas concretas en base a motivos concretos. El escrito considera que el tribunal ya ha tenido contacto con la causa, "por más provisional y limitada que haya sido la valoración de las conductas" de los dos independentistas.

Así, cita resoluciones que analizan la constitucionalidad de determinadas normas sobre las cuales se basa posteriormente la condena de los líderes independentistas, pero también resoluciones dictadas donde se ordena la deducción de testigo de particulares para la eventual comisión de un delito. En eso le suma el posicionamiento ante varios recursos presentados por los independentistas durante todo el procedimiento.

Además, la defensa de los dos republicanos subraya que la propia sentencia del Supremo sitúa el tC como "víctima" de los hechos juzgados, lo que demuestra, a su parecer, que la causa es sobre hechos que han sido calificados como un "enfrentamiento contra la jurisdicción y las decisiones" del alto tribunal. Eso significa, dice el escrito, que tiene un "interés directo o indirecto en la causa", motivo para poder recusar a sus magistrados.