Los observadores internacionales del International Trial Watch (ITW), que cada semana emiten un informe sobre el desarrollo del juicio contra el procés independentista, ha reprochado al Tribunal Supremo que no haya prestado atención en el informe del Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de Naciones Unidas, que reclama la puesta en libertad inmediata de Jordi Sànchez, Jordi Cuixart y Oriol Junqueras.

En el informe correspondiente a la decimosexta semana del juicio, ITW lamenta que el Supremo "no haya atendido la petición" del grupo de trabajo de la ONU con respecto a la petición de libertad y que, además, el mismo día que se ignoraron las conclusiones de la ONU, "tanto el Ministerio Fiscal como la Abogacía del Estado elevaron a definitivas sus conclusiones con alguna modificación poco sustancial".

Críticas a la exhibición de vídeos

Asimismo, los observadores se han posicionado sobre la fase de prueba documental, especialmente por la manera en que se ha desarrollado, ya que "la exhibición de los vídeos en la fase documental, desligados de las declaraciones testificales, no ha permitido someter al filtro de contradicción las declaraciones de los testigos, cuestión trascendental que se ha ido puesto de manifiesto a lo largo del juicio".

En este sentido, la ITW critica la "descontextualización casi absoluta de las imágenes visualizadas", haciendo notar que es "especialmente alarmante que las acusaciones –especialmente el Ministerio Fiscal– no hayan sido capaces de determinar ni siquiera el día y el lugar en que habían sido gravados numerosos vídeos exhibidos", un hecho que, ante la protesta de las defensas, el Ministerio Fiscal respondió de que no era importante concretar el momento y el lugar de la grabación de las imágenes, sino simplemente "mostrar el clima general".

El informe también apunta que "en algunos casos se indicaron fechas erróneas, cambiando los días –se indicó que correspondían al 3 de octubre de 2017, imágenes de la huelga del 8 de noviembre, por ejemplo–, o las ubicaciones –confundiendo imágenes de la Conselleria de Economía con las de la sede del partido político CUP".

Como único aspecto positivo, los observadores internacionales celebran que el Supremo no haya admitido como prueba documental "los informes de la Guardia Civil", así como "los escritos de denuncia, las noticias de prensa haciendo valoraciones sobre los hechos y las diligencias preprocesales del Ministerio Fiscal o determinados autos del juzgado de instrucción 13, por tratarse de actos procesales sin trascendencia en términos de valor probatorio". La ITW considera que se trata de una decisión "en sintonía con la jurisprudencia sobre qué se entiende por prueba documental".